BOLETÍN OFICIAL Nº 94 – 27/08/2003
DRA. GLORIA PORTAL DE ALBISETTI, JUEZ HABILITADO de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº3, Secretaria Nº6, en el Expte. Nº B-49450/99, caratulado: EJECUTIVO PREPARA VIA: BANCO DE LA PCIA. DE JUJUY – ENTE RESIDUAL c/ BARREIRO JUAN ADAN, proceda a notificar al demandado SR. JUAN ADAN BARREIRO el siguiente decreto: SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 de Marzo 2002. I .-) Atento lo solicitado y estado de la causa, hágase efectivo el apercibimiento decretado oportunamente en contra del SR. BARREIRO JUAN ADAN, teniéndose por expedita la Vía Ejecutiva y en consecuencia líbrese mandamiento de Pago Ejecución y Embargo en contra del demandado, en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS TREINTA Y NUEVE MIL CINCUENTA Y SEIS CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS
( $ 39.056,96) en concepto de capital, con mas la de PESOS DIECINUEVE MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS ( $ 19.528,48), calculada para responder a ulteriores del Juicio. En defecto de pago Cítesela de REMATE para que dentro del plazo de CINCO DIAS comparezca ante este Juzgado y Secretaria Nº6, a oponer excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución. En el mismo acto, córrasele TRASLADO por el término antes mencionado, del pedido de Intereses y costas, con las copias respectivas, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo, intímesela a constituir domicilio legal dentro del radio de TRES KM. , del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificárselo en lo sucesivo por Ministerio de Ley (Art.52 del ídem).
Notificaciones en secretaria: martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.
Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local por TRES VECES EN CINCO DIAS.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 de Julio 2003.
Agosto 22/25/27-Liq.26415-$8,70








