BOLETÍN OFICIAL Nº 94 – 27/08/2003
DR. JUAN JOSE MARGOT MINO, Actuario titular de la secretaria Nº16, Juzgado C.C. Nº8, en el Expte. caratulado: DIVORCIO VINCULAR ORDINARIO: MANUELA RAMONA CRUZ c/ MAXIMO RAMON LOPEZ, el Señor Juez de la causa, ha dictado el siguiente decreto: SAN PEDRO DE JUJUY, 22 de Mayo 2002. Por presentada la DRA. MARIA C. LAKATOS, def. of. P y A. por constituido domicilio legal y actuado en nombre y representación de la SRA. MANUELA RAMONA CRUZ a mérito de la carta poder arrimada en autos. Atento a lo solicitado, a lo dispuesto por la Ley 23515/87, Art. 370,371 y concordantes del C.P. Civil, de la demandada de Divorcio vincular ordinario entablado por la SRA. MANUELA RAMONA CRUZ, en contra del SR. MAXIMO RAMON LOPEZ, córrase traslado al demandado, por el término de QUINCE DIAS, en el domicilio denunciado, con las copias respectivas, bajo apercibimiento de ley. Notificaciones en secretaria martes y jueves o el siguiente día hábil en caso de feriado. PUBLÍQUESE EDICTOS EN EL BOLETIN OFICIAL Y UN DIARIO DE AMPLIA CIRCULACION LOCAL POR TRES VECES EN CINCO DIAS. NOTIFIQUESE . FDO. DR. EDUARDO H. CONDE JUEZ ANTE MI: DR. JUAN JOSE MARGOT MINO-Sec. Es copia.
SAN PEDRO DE JUJUY, 21 DE OCTUBRE 2002.
Agosto 22/25/27-Liq. -$8,70








