BOLETÍN OFICIAL Nº 94 – 27/08/2003
DRA. GLORIA PORTAL DE ALBISETTI, JUEZ HABILITADA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº3, SECRETARIA Nº5, en el Expte. Nº B-90491/02, caratulado: EJECUTIVO: A.B.N. AMOR BANK N.V. ( Sucursal Argentina) C/ SUCARIA MARIO RODOLFO – LAREDO ALTAMIRANO MARCELA CECILIA.
Hace saber a los Sres. MARIO RODOLFO SUCARIA Y MARCELA CECILIA LAREDO ALTAMIRANO, que en el mismo se han dictado los Decretos que a continuación se transcriben en todas sus partes: DECRETO DE FS.16: San Salvador de Jujuy, 21 de Agosto 2002. Por presentado el Dr. Horacio Antonio Macedo por parte a mérito de la copia de poder que presenta para actuar en nombre y representación de SCOTIABANK QUILMES S.A. y por constituido domicilio legal. De conformidad a lo que disponen el art. 472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese mandamiento de intimación de pago y ejecución los accionados RODOLFO ALDO SUCARIA Y MARCELA CECILIA ALTAMIRANO en el domicilio denunciado por la suma de PESOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUATRO CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 9.804,57) que se reclama por capital con mas la suma de PESOS CUATRO MIL NOVECIENTOS DOS ($ 4.902) calculadas para acrecidas del juicio. En defecto de pago, cíteselo de remate para que en el término de CINCO DIAS oponga excepciones legitimas si las tuviere bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Asimismo atento el estado de la causa y de conformidad a lo dispuesto en el art. 264 del C.P.C al pedido de embargo de haberes, no ha lugar. Córrase traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Por el mismo término, intímeselo a constituir domicilio legal dentro del radio de tres Km. del Juzgado bajo apercibimiento de lo ordenado, comisionase al Sr. Oficial de Justicia con las facultades inherentes del caso. Notificaciones en secretaria martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Notifíquese (art. 154 del C.P.C.) FDO. DR. ROBERTO SIUFI JUEZ HABILITADO ANTE MI: PROC. MARTA BERRAZ DE OSUNA PROSECRETARIA. DECRETO DE FS. 50: San Salvador de Jujuy, 24 de Marzo 2003.
I .-) Proveyendo el escrito de fs. 49, téngase por presentado el DR. HORACIO ANTONIO MECEDO, por constituido domicilio legal y por parte, en nombre y representación de ABN AMOR BANK N.V. (Sucursal Argentina), a mérito de la Sustitución Parcial de Poder General para juicios que en copia debidamente juramentada acompaña a fs. 34/37 de autos. II .-) Téngase presente la cesión de DERECHOS Y ACCIONES efectuada por el SCOTIABANK QUILMES SOCIEDAD ANONIMA a favor de ABN AMOR N.V. ( Sucursal Argentina) en su carácter de Fiduciario de Fideicomiso LAVERC, mediante escritura Publica Nº216 – Folio 1087, pasada por ante el Escribano Publico MARTIN DONOVAN del Registro Notarial Nº1226 de la Capital Federal.
III .-) De conformidad con lo dispuesto por el art. 56 del C.P.C., notifíquese el presente proveido a los demandados RODOLFO ALDO SUCARIA Y MARCELA CECILIA LAREDO ALTAMIRANO. IV .-) Firme que sea el presente proveido ordénase la recaratulación de la presente causa como: Expte. Nº B-90491/02, caratulado: EJECUTIVO: ABN AMOR BANK N.V. (Sucursal Argentina) C/ SUCARIA RODOLFO ALDO Y LAREDO ALTAMIRANO MARCELA CECILIA y pase a Mesa Gral. de Entradas para su toma de razón. V .-) Notifíquese por cédula. FDO. DRA. GLORIA PORTAL DE ALBISETTI JUEZ HABILITADA ANTE MI: PROC. MARTA BERRAZ DE OSUNA PROSECRETARIA. Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local por TRES VECES EN CINCO DIAS. PROSECRETARIA. PROC. MARTA BERRAZ DE OSUNA.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 de Julio 2003.
Agosto 22/25/27-Liq.26440-$8,70








