BOLETÍN OFICIAL Nº 93 – 25/08/2003
DRA. MARIA CRISTINA MOLINA LOBOS JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº6, SECRETARIA Nº11en el Expte. B-88687/02 caratulado: EJECUTIVO: RIBEIRO SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL, FINANCIERA AGROPECUARIA e INMOBILIARIA c/ ECHAZU MARIA EUGENIA, se hace saber a, que se ha dictado la siguiente resolución: SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 de Julio 2003. AUTOS Y VISTOS CONSIDERANDO RESUELVE: 1º.- Mandar llevar adelante la ejecución seguida por RIBEIRO SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL, FINANCIERA, AGROPECUARIA E INMOBILIARIA en contra de MARIA EUGENIA ECHAZU, hasta hacerse el acreedor integro pago de la suma que resulte de la planilla general de liquidación que la parte actora deberá practicar en el término de cinco días de quedar firme la presente, aplicándose al monto que se ejecuta de PESOS TRES MIL TREINTA Y OCHO CON 53/100 CTVS. ($ 3.038,53), desde la mora y hasta el 2 de febrero del año 2002, el interés a la tasa activa promedio que percibe el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuento de documentos comerciales y desde el 3 de febrero 2002 se deberá aplicar el C.E.R. y el interés que por circular disponga a tales fines el B.C.R.A., hasta su efectivo pago mas IVA si correspondiere. 2º.- Imponer las costas al demandado vencido art. 102 del C.P.C. 3º.- diferir la regulación de honorarios del profesional actuante hasta tanto se practique y apruebe en estos obrados planilla de liquidación ( ac. 30/84). 4º .- Notificar por Edictos y en lo sucesivos por Ministerio de ley ( art. 154 del C.P.C.) 5º.- Protocolizar agregar copia en autos y hacer saber. FDO. DRA. MARIA CRISTINA MOLINA LOBOS JUEZ ante mi: DRA. MARIA SUSANA ZARIF. Secretaria .
Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un diario local por TRES VECES EN CINCO DIAS.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 3 JULIO 2003.
Agosto 25/27/29-Liq.26455-$8,70








