BOLETÍN OFICIAL Nº 93 – 25/08/2003

DECRETO Nº 7437-BS

SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 DE JULIO DE 2003.

EXPTE. Nº0745-00337/02

EL VICE GOBERNADOR DE LA PROVINCIA EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO DECRETA:

ARTICULO 1º: Modificar el art. 2º del Decreto Nº6425-BS de fecha 30 de Diciembre de 2002, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 2º: La imputación de lo dispuesto en el Art. 1º, se afectará al cuarto trimestre del presente ejercicio en la partida presupuestaria que a continuación se indica:

U.O.3 SECRETARIA DE ACCION SOCIAL

2.2 SERVICIOS NO PERSONALES

2.2.12.2.PUBLICIDAD Y PROPAGANDA DE TELEVISIÓN

EJERCICIO 2003”

ARTICULO 2º: El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Bienestar Social y de Hacienda.-

HECTOR RUBEN DAZA

Vice Gobernador en ejercicio del Poder Ejecutivo

HECTOR OLINDO TENTOR

Ministro de Bienestar Social

LIC. MIGUEL ALFONSO RIOJA

Ministro de Hacienda