BOLETÍN OFICIAL Nº 91 – 20/08/2003
DR. JOSE L. CARDERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº1, SECRETARIA Nº1, en los autos B-88528/02, caratulado: EJECUTIVO: BANCO MACRO S.A. c/ VERA RAMON ALBERTO, hace saber la siguiente resolución de fs 43/43 vta: San Salvador de Jujuy, 22 de Julio 2003. AUTOS Y VISTOS CONSIDERANDO RESUELVE: 1º.- Mandar llevar adelante la ejecución seguida por BANCO MACRO S.A. en contra del demandado VERA RAMON ALBERTO, hasta hacerse el acreedor integro pago del capital reclamado o sea la suma de PESOS SEISCIENTOS DIEZ C/99/100 ( $ 610.99), dicho monto devengará desde la mora del deudor ( art.509 del C.C.) hasta la fecha de cancelación de la obligación, el interés que surge de aplicar la tasa activa promedio igual al que fija mensualmente el Banco Central de la República Argentina para sus operaciones de descuento de documentos comerciales. 2º.- Imponer las costas del proceso a la demandada ( art. 102 del C.P.C.).3º .- Diferir la regulación de los honorarios del letrado interviniente hasta que exista planilla de liquidación definitiva ( acordada Nº30/84 del Excmo. S.T.J.) y deberá dar cumplimiento con la resol. 689 de la A.F.I.P. – D.G.I.. 4º .- Líbrense oficios como se solicita a fs 42, facultándose para su diligenciamiento al DR. SERGIO MARCELO JENEFES y/o persona que el, mismo designe. 5º .- Agregar copia en autos, protocolizar, notificar la presente cédula art. 155 inc. y edictos, 6 del C.P.C.) y en lo sucesivo por Ministerio de Ley (art. 154 del ítem) Fdo. Dr. JOSE L. CARDERO, JUEZ ante mi: Dra. MARIA E. CACERES. Sec. A tales efectos publíquese en un diario local y el Boletín Oficial por CINCO DIAS.
SECRETARIA, 24 de Julio 2003. Sec. Hab. Dra. MARIANA DRAZER.








