BOLETÍN OFICIAL Nº 89 – 13/08/2003
EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº4, SECRETARIA Nº7 de la Pcia. de Jujuy, en el Expte. B-99345/03, caratulado: EJECUTIVO: PROVENCRED II, SUCURSAL ARGENTINA c/ ALVAR NORMA DEL VALLE, notifica por este medio a la demandada, SRA. NORMA DEL VALLE ALVAR, el siguiente DECRETO: San Salvador de Jujuy, 25 de Junio de 2003. Atento lo solicitado y a las constancias obrantes en autos, notifíquese a la parte demandada SRA. NORMA DEL VALLE ALVAR, la providencia de fs.11, mediante EDICTOS San Salvador de Jujuy, 4 de abril 2003. De conformidad a lo previsto por los art.472,470 y 40 del C.P.C., líbrese mandamiento de PAGO, EJECUCION Y EMBARGO en su contra por la suma de PESOS UN MIL CUARENTA Y SEIS CON VEINTICINCO CENTAVOS ($ 1.046,25) en concepto de capital reclamado con mas la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA ($ 450,00) presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio, pesificando el monto reclamado en virtud del Decreto 214/02, aclaratoria y modificatoria del Poder Ejecutivo Nacional Nº320/02. Defecto de pago trábese EMBARGO sobre bienes de propiedad de la demandada hasta cubrir ambas cantidades, designándose Depositario Judicial a la propia efectada y/o personas de arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley. Asimismo requiérase la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores y cítesela de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del término de CINCO DIAS, en este Juzgado Civil y Comercial Nº4, Secretaria Nº7, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la presente ejecución. Asimismo córrase traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 52 del Item. Por el mismo término intímase a constituir domicilio legal dentro del radio de los tres Km. del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art.52 del Item. Para el cumplimiento de lo ordenado comisionase al Sr. Oficial de Justicia, con las facultades inherentes del caso. Fdo. Dr. ROBERTO SIUFI, JUEZ.
ESC. NORMA A. JIMENEZ, SECRETARIA.
Publíquese Edictos , en el Boletín Oficial y en un diario local, por TRES VECES EN CINCO DIAS.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 DE Junio 2003. ESC. NORMA A. JIMENEZ, SECRETARIA Nº7.








