BOLETÍN OFICIAL Nº 88 – 11/08/2003
DRA. GLORIA PORTAL DE ALBISETTI JUEZ HABILITADO, DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº3, SECRETARIA Nº5, en el Expte.Nº B-88104/02, caratulado; EJECUTIVO. PROVENCRED II SUC. ARGENTINA c/ FRANCO GUILLERMINA DEL VALLE – CARRAZANA GLADIS, se le hace saber a la Sra. GUILLERMINA DEL VALLE FRANCO la siguiente resolución que a continuación se trasncribe en sus partes pertinentes; San Salvador de Jujuy 29 de Julio 2003. AUTOS Y VISTOS… RESULTA… CONSIDERANDO…RESUELVE: I.-) Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por PROVENCRED II SUC. ARGENTINA en contra de las SRAS. GUILLERMINA DEL VALLE FRANCO Y GLADIS SILVANA CARRAZANA, hasta hacerse el acreedor del integro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS NOVECIENTOS TRES CON UN CENTAVOS $ 903,01, con las costas del juicio y con mas la de tasa activa que fija mensualmente el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuentos comerciales ( art. 565 del C. P. Civil) desde la mora y hasta el efectivo pago, con mas el CINCUENTA POR CIENTO 50% de dicha tasa en concepto de intereses punitorio. II.-) Imponer las costas a la vencida ( art.102 del C.P.C.). III.-) Regulanse los honorarios profesionales del Dr. JORGE ADRIAN RIPOLL en la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA $450, por la labor profesional desarrollada en autos. Dicho monto ha sido fijado a la fecha devengaran un interés conforma a la tasa pasiva promedio aplicando la formula sugerida por el comunicado Nº14290 del Banco de la Central de la República Argentina, conforme a la doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en la L.A.N=45-F*977/978 N=429, mas IVA si correspondiere. IV.-) Hacer efectivo el apercibimiento a fs 10 mandándose notificar la presente resolución mediante la publicación de edictos y en el Boletín Oficial y la Sra. GUILLERMINA DEL VALLE FRANCO y por cédula a la Sra. GLADIS SILVANA CARRAZANA y las sucesivas providencias por ministerio ley. V.-) Agregese copia en autos hacer saber etc. notifíquese por cédula. FDO. DRA. GLORIA PORTAL DE ALBISETTI JUEZ HABILITADO ANTE MI MARTA DE OSUNA – PROSECRETARIO.
Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local por TRES VECES EN CINCO DIAS.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 de Julio 2003.








