BOLETÍN OFICIAL Nº 88 – 11/08/2003
DECRETO Nº 5678-PI-2002.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 SET.2002.
EXPTE.Nº630-036/02.
VISTO:
Este expediente en el que corre contrato de Locación de Obra suscripto oportunamente entre la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y OTRAS CONCESIONES ( SUSEPU) y el Ingeniero José Humberto PAGANINI, y:
Por Ello.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Apruébase el contrato de Locación de Obra ( con excepción de la Cláusula de Pago
( Cláusula 3ª), ya que los contratos de Locación de Obra deben ser abonados al terminar la obra y contra entrega de la misma, no pudiéndose abonar en cuotas mensuales, por cuanto se desvirtúa la naturaleza jurídica de la Locación de Obra, suscripto en fecha 25 de febrero de 2002 entre la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y OTRAS CONCESIONES ( SUSEPU), y el Ingeniero José Humberto PAGANINI, D.N.I. Nº8.352.352, CUIT Nº20-08352352-3 de conformidad a las razones expresadas en el exordio.-
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR
ING. CESAR RENE MACINA
Ministro de Producción Infraestructura
Y Medio Ambiente








