BOLETÍN OFICIAL Nº 86 – 04/08/2003
Julio 28/30 Agosto 4 – Liq. – $ 6,30
DRA. GLORIA M.M. PORTAL DE ALBISETTI, JUEZ POR HABILITACION DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº3, SECRETARIA Nº5, de la Pcia. de Jujuy, en el Expte. Nº B-92146/02 caratulado: EJECUTIVO: BANCO MACRO S.A. C/ CACERES JUANA HORTENCIA, hace saber a la SRA. CACERES JUANA HORTENCIA el siguiente Decreto que a continuación se transcribe en sus partes pertinentes: Decreto de fs.62 de Autos: San Salvador de Jujuy, 01 de Julio de 2003. Atento el estado de la causa y constancias de autos, téngase por EXPEDITA LA VIA EJECUTIVA. Asimismo, atento lo solicitado y de conformidad con lo dispuesto por los art. 472,478 y 480 del C.P.C., requiérase de PAGO, EJECUCIÓN Y EMBARGO a la demandada SRA. JUANA HORTENCIA CACERES en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS $ 667,97. En concepto de capital, con mas la suma de PESOS $ 334.- presupuestada pare responder a accesorias legales y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos, a la propia parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley. En el mismo acto, requiérasele la manifestación sobre si los bienes embargados registran prendas o algún gravamen y en su caso exprese, monto, nombre y domicilio del o de los acreedores prendarios o Juez embargante. Asimismo cíteselos de REMATE para que dentro de los CINCO DIAS de notificado, oponga excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo y también por el mismo plazo antes señalado, se intimará al demandado para que constituya domicilio legal dentro del radio de TRES KILOMETROS del asiento del Juzgado bajo apercibimiento de notificárseles en lo sucesivo por Ministerio de Ley ( art.52 del C.P.C.) Notificaciones en Secretaria martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Notificaciones art. 154 C.P.C. FDO. DRA. GLORIA M.M. PORTAL DE ALBISETTI, JUEZ HABILITADO ANTE MI MARTA J.B. DE OSUNA – PROSECRETARIA.
Se deja constancia que las copias para TRASLADO de la demanda, se encuentran en Secretaria a su disposición.
Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local por TRES VECES EN CINCO DIAS.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 1 DE JULIO 2003.
Julio 30 Agosto 4/6 – Liq. – $8,70.








