BOLETÍN OFICIAL Nº 86 – 04/08/2003

CAMARA CIVIL Y COMERCIAL – SALA IV – CENTRO JUDICIAL SAN PEDRO DE JUJUY.

ESC. GUILLERMO GIMENEZ OTERO – Prosecretario de la Cámara Civil y Comercial – Sala IV del Centro Judicial de San Pedro de Jujuy, en Expte. Nº A-6012/99, caratulado: ORDINARIO POR PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO – GLORIA COULTHAR DE MAMANI: EDUARDO PIO MAMANI; AGAPITO NORMANDO MAMANI; NOLBERTO MAMANI; JUAN ANTONIO MAMANI Y JAVIER EDUARDO MAMANI c/ LA GRAN LARGADA S.A., procede a notificar el siguiente proveído. San Pedro de Jujuy, 20 de Agosto de 1999. I.-) Por presentado el Dr. NELSON GUILLERMO LOZA; por constituido domicilio legal y por parte en nombre y representación de los Sres. .GLORIA COULTHAR DE MAMANI; EDUARDO PIO MAMANI; AGAPITO N. MAMANI y otros, a mérito de Escrituras Publicas Nº37/98 y 18/99, Registros Notariales Nº8/34, de Poder General para Juicios, que en fotocopias juramentadas acredita. II.-) Atento a la demanda ordinaria por prescripción adquisitiva de dominio iniciada en contra de la GRAN LARGADA SOCIEDAD ANONIMA, Admítase la misma, que se tramitará conforme las normas del Juicio Ordinario Oral ( art. 287 del Cod. Proc. Civil). III.-) Conforme lo peticionado, resérvese la demanda en Secretaria y suspéndase el traslado del a misma, hasta que sea iniciado su tramite por la presentante, sin perjuicio de lo dispuesto por el ordenamiento procesal vigente ( art.200 Cód. Proc. Civil.). IV.-) Atento la medida cautelar de anotación de litis peticionada y previo a proveer, ocurra la presentante por vía que corresponde ( art. 275; 205 y C.C. Cod. Proc. Civil). V.-) Notifiquese por Cédula – Fdo. Dr. ALBERTO RAUL ALFARO-Vocal Presindente de Trámite; ante mi: Esc. GUILLERMO GIMENEZ OTERO – Prosecretrario. ES COPIA.

SAN PEDRO DE JUJUY, 11 de Junio de 2003. I.-) Téngase presente la ampliación de demanda formulada deducida y córrase traslado de la misma a la accionada para que la conteste en el plazo de quince (15) días hábiles, bajo apercibimiento de tenerla por contestada si no lo hiciere ( art. 298 Cod. Proc. Civil) intimándola asimismo a que constituya domicilio legal en el radio de 3km del asiento de esta sala bajo apercibimiento de notificarles las posteriores diligencias y resoluciones cualesquiera fuere su naturaleza por Ministerio de Ley ( art.52 Cód. Proc. Civil). II .-) Notificaciones en Secretaria martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuera feriado.

III .-) Téngase presente la petición de notificación de la Demanda por Edictos y conforme las constancias acreditadas en autos, dispónese realizar la misma como pide, ordenando la publicación de edictos de la precedente y del proveído de fs.33 de autos, por tres (3) veces en cinco (5) días en Boletín Oficial y un diario local ( art. 162 Cód. Proc. Civil). IV .-) . . .V .-) Notifiquese por Cédula – Fdo. DR. ALBERTO RAUL ALFARO – VOCAL PRESIDENTE DE TRAMITE – ANTE MI: ESC. GUILLERMO GIMENEZ OTERO – PROSECRETARIO.-

SAN PEDRO DE JUJUY, 18 DE JUNIO 2003.-

Julio 28/30 Agosto 4 – $ 8,70