BOLETÍN OFICIAL Nº 85 – 30/07/2003

DECRETO Nº 6823-BS-2003.

SAN SALVADOR DE JUJUY,2 ABRIL 2003.

EXPTE.Nº0734-00071/99.

EL VICEPRESIDENTE 1º DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO

DECRETA:

ARTICULO 1º.- A solo efecto de la regularización administrativa, téngase por cumplida la ejecución de la obra efectuada por el CPN RAMON RUPERTO GALEANO, D.N.I. Nº7.489.917, desde el 1º de Julio de 1999 hasta el 31 de Diciembre de 1999, de conformidad a lo expresado en el exordio.

ARTICULO 2º.- Autorízase a la Dirección General de Administración del Ministerio de Bienestar Social, a efectuar el pago de por la suma de Pesos Cuatro Mil Doscientos ( $ 4.200,00), correspondiente al Contrato de Locación de Obra celebrado el 1º de Julio de 1999 entre el Ministerio de Bienestar Social, representado por el entonces Ministro Dr. Ameghino Basco y el CPN RAMON RUPERTO GALEANO, D.N.I. Nº7.489.917, en los términos, funciones, períodos y montos que se consignan conforme a lo establecido en el referido contrato que forma parte integrante de las presentes actuaciones, de conformidad a lo estipulado en el artículo 4º, inciso c) de la Ley Nº5233/0 y a los fundamentos expresados en el exordio.

ARTICULO 3º.- Dar intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a los fines de determinar la eventual responsabilidad patrimonial que pudiere corresponder a quienes autorizaron y dispusieron la irregular contratación, en contravención a las normas vigentes.-

OSCAR AGUSTIN PERASSI

VicePresidente 1º de la Legislatura

De la Pcia. en Ejercicio del P.E.

C.P.N. HECTOR OLINDO TENTOR

MINISTRO DE BIENESTAR SOCIAL