BOLETÍN OFICIAL Nº 81 – 21/07/2003
Julio 18/21/23/25/28
El C.P.N. Guillermo Sapag, Director Provincial de Rentas de la Provincia de Jujuy, la actuación Nº1196-DF-2001, caratulado: ARAMAYO LETICIA CASILDA, verificación del pago del impuesto s/los Ingresos Brutos por periodos: 1999-2000-2001- Registro A-1-08507 – CUIT:
27-05329036-7, Dom. Alvear esq. Lavalle Pcia. de Jujuy; Notifica al Contribuyente: ARAMAYO LETICIA CASILDA, la Resolución Nº625/2003, cuya parte DISPOSITIVA expresa: S.S. de Jujuy, 20 de Julio 2003.Visto: el Expte. Nº1196-DF-2001, caratulado: ARAMAYO LETICIA CASILDA, Verificación de pagos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos por periodo 1999,2000,2001, Y Considerando: Que, a fs. 70 obra nota por la que se corre vista al contribuyente (en los términos del artículo 39º del Código Fiscal) de los cargos e imputaciones del impuesto a los Ingresos Brutos. Por la misma se calcularon diferencias de impuesto a favor de esta Dirección por los siguientes periodos fiscales 1998 ( junio a diciembre), 1999 ( enero a octubre), 2000 ( mayo, julio, setiembre, octubre, noviembre, diciembre) y 2001 ( enero a setiembre). Que, de los antecedentes obrantes en esta Dirección no surge que la contribuyente haya alegado su defensa, ni que hubiere presentado elementos de prueba que hagan a su derecho al vencimiento de los plazos conferidos por el ordenamiento legal citado, por lo que corresponde proceder a determinar la deuda fiscal tomando en consideración los elementos de juicio que obran en este organismo al tiempo de practicar la citada vista. Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 39º y 47º del Código Fiscal.








