BOLETÍN OFICIAL Nº 77 – 11/07/2003

EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº6, SECRETARIA Nº12, en el Expte. Nº B-98811/03, caratulado: EJECUTIVO ANAUATI S.R.L. C/ BRIZUELA ARGENTINO WALTER COSME Y SATOR JORGE, hace saber al demandado SR. ARGENTINO WALTER COSME BRIZUELA que se ha dictado el siguiente decreto: San Salvador de Jujuy, 23 de Junio del 2003. Proveyendo al escrito que antecede atento a lo solicitado por la actora téngase por desistido al Dr. Nieto de la acción en contra del codemandado JORGE SATOR. Asimismo y atento a lo solicitado y a las constancias de autos y a la demandada ejecutiva deducida por cobro de pesos y lo dispuesto por los art.472 inc.4, 478 y correlativos del Código Procesal Civil, líbrese en contra del demandado ARGENTINO WALTER COSME BRIZUELA mandamiento de pago y ejecución por la suma de $ 2.261. en concepto de capital reclamado, con mas la suma de $ 452,20 presupuestada para responder juicio. En defecto de pago, cíteselo de remate para que en el término de CINCO DIAS concurra ante este Juzgado en lo Civil y Comercial Nº6, Secretaria Nº12 a oponer excepciones legitimas si las tuvieren, bajo apercibimiento de llevarse adelante esta ejecución. En igual plazo que en el antes mencionado, del pedido de intereses, córrase traslado bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo intimase a constituir domicilio legal dentro del radio de tres kilomer0tros del asiento de este Juzgado bajo apercibimiento de ser notificado por Ministerio de Ley( art.52 del Código Procesal Civil). Notifíquese por medios de edictos a los demandados. Notifíquese FDO. DRA. MARIA C. MOLINA LOBOS – JUEZ – Ante mi: DRA. MARIA SOL ZURUETA – SECRETARIA.

Publíquese en un diario local, TRES VECES EN CINCO DIAS.

SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 DE JUNIO 2003.-

Julio 11/14/16 – Liq.26306 – $ 8,70