BOLETÍN OFICIAL Nº 77 – 11/07/2003

DECRETO ACUERDO Nº 7171-H-2003.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 2 JUNIO DE 2003.

VISTO:

Los Decretos Acuerdo Nº5420-H-02, Nº7016-H-03 y Nº7050-H-03; y

CONSIDERANDO

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA

ARTICULO 1º.- Disponese a favor de los agentes dependientes de la administración publica provincial, centralizada, descentralizada, organismos autárquicos, incluido Banco de Acción Social y Tribunal de Cuentas, sin distinción de escalafón y cualquiera sea el régimen legal que regule las relaciones laborales, alcanzados por el Decreto Acuerdo Nº3794-H-01, por única vez, un suplemento adicional extraordinario del Sueldo Anual Complementario 2do. Semestre Ejercicio 2001, de carácter no remunerativo y por lo tanto no sujeto a aportes ni contribuciones, equivalente al valor correspondiente por incidencia del Ticket canasta implementado mediante Decreto Acuerdo Nº 3794-H-01.

ARTICULO 2º.- Autorizase al Ministerio de Hacienda a dictar la normativa necesaria para la implementacion de lo dispuesto en el presente ordenamiento.

ARTICULO 3º.- Establesece que la erogación dispuesta por el presente ordenamiento se imputara a la partida Gastos en Personal prevista en el Presupuesto vigente.-

ARTICULO 4º.- Invitase al Poder Legislativo de la Provincia a adherir a las disposiciones del presente Decreto Acuerdo.-

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR

MIGUEL ALFONSO RIOJA

MINISTRO DE HACIENDA.