BOLETÍN OFICIAL Nº 76 – 07/07/2003
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº6, SECRETARIA Nº12, de la Pcia. de Jujuy, en el Expte. Nº B-101519/03 – INCIDENTE DE EJECUCIÓN DE HONORARIOS EN EXPTE. Nº B-97526/03 – ALVARADO CARLOS ALBERTO (H) C/ TACCHI SERGIO OMAR, hace saber al demandado SR. TACCHI SERGIO OMAR que se ha dictado el siguiente decreto: San Salvador de Jujuy, 23 junio de 2003.- Proveyendo al escrito que antecede; el oficio informado, agregase. Asimismo atento a lo solicitado, a las constancias de autos y la demanda ejecutiva deducida por cobro de pesos y lo dispuesto por los art. 472 inc. 4, 478 y correlativos del Código Procesal Civil, líbrese en contra del demandado TACCHI SERGIO OMAR mandamiento de pago y ejecución por la suma $ 1.460 en concepto de capital reclamado, con mas la suma de $ 365 presupuestada para responder a accesorias legales, intereses y costas del presente juicio. En defecto de pago, cíteselo de remate para que en el término de CINCO DIAS, concurra ante este Juzgado en lo Civil y Comercial Nº6, Secretaria Nº12, a oponer expciones legitimas si las tuviere, córrase traslado bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución. En igual plazo que el antes indicado, del pedido de intereses, córrase traslado bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo , intimase a constituir domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado bajo apercibimiento de ser notificado por Ministerio de ley
( art. 52 del Código Procesal Civil). Notifíquese por medio de edictos a la demandada.-
Fdo. Dra. María Cristina Molina Lobos – Juez – por ante Mi: Dra. María Sol Zurueta – Stria.
Publíquese en un diario local, TRES VECES DURANTE CINCO DIAS.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 de Junio de 2003.-
Julio 07/11/14 – Liq.26289 – $ 8,70








