BOLETÍN OFICIAL Nº 74 – 02/07/2003

Escritura Numero Ciento treinta y tres.- Nº 133.- Cesión de cuotas de “Nueva Farmacia San Martín SCS” Comanditadas otorgada por María Gabriela DANIELO a favor de María del Cármen HERRERO y Comanditarias otorgada Omar Kamal MUSRI a favor de Adela Mónica MUSRI QUINTAR. En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de esta Provincia de Jujuy, a los cuatro días del mes de junio del año dos mil tres, ante mi Corina Celia BRIZUELA DE ROJO, Escribana Titular del Registro Nº 27, comparecen por una parte doña María Gabriela DANIELO, argentina, casada en primeras nupcias con Ivan Ricardo VALZELLI, Documento Nacional de Identidad Nº 21.955.483, CUIL 23-21955483 – 4, Matricula Profesional Nº 315, con domicilio en Avenida Hipólito Irigoyen Nº 75 del Barrio Carolina de la ciudad de Palpalá de ésta Provincia; por la otra doña María del Carmen HERRERO, argentina, farmacéutica, Documento Nacional de Identidad Nº 6.297.951, CUIT 27-06297951-3, Matricula profesional Nº 099, de 53 años de edad, casada en primeras nupcias con Adrián Ángel CANELADA, con domicilio en Pasaje Francia Nº 1122 del Barrio Ciudad de Nieva de ésta Ciudad, y por una tercera parte lo hace don Omar Kamal MUSRI, argentino, Documento Nacional de Identidad Nº 11.250.339, CUIT Nº 20-11.256.339- 4, contador publico, casado en primeras nupcias con Lucia Beatriz GONZÁLEZ, con domicilio en calle José Humberto Martiarena Nº 127 de ésta Ciudad, mayores de edad. Personas de mi conocimiento, doy fe. INTERVIENEN las nombradas en primer y segundo término por si, y don Omar Kamal MUSRI, lo hace por si y en nombre y representación de Adela Mónica MUSRI QUINTAR. argentina, Documento Nacional de Identidad Nº 13.121.654, CDI 27-13121654-3, soltera, de profesión Licenciada en Ciencias Políticas, de 45 años de edad, con domicilio en Avda. José H. Martiarena Nº 127 de ésta ciudad, a mérito del poder que se relaciona la final.- Y los comparecientes dicen: Primera: Antecedentes: Que doña María Gabriela DANIELO y don Omar Kamal MUSRI son los únicos socios comanditado y comanditario respectivamente, titulares de la totalidad del capital social comanditado y comanditario de la sociedad que gira en plaza de la Provincia de Jujuy, bajo la denominación de “Nueva Farmacia San Martín Sociedad en Comandita Simple ”, con domicilio en la Provincia de Jujuy, según resulta de los siguientes instrumentos: a) del contrato social instrumentado con fecha 14 de agosto de 1998 inscripto en el Registro Publico de Comercio de ésta Provincia al Folio 82, Acta 82 del Libro I, Farmacias y Droguerías y copia bajo Asiento Nº 10 al Folio 42/43 del Legajo I Tomo II de Escritura Mercantiles de Farmacias y Droguerías con fecha 10 de setiembre de 1998.- b) de la Cesión de Cuota Comanditada efectuada por doña Claudia Rosa LEYES, a favor de María Gabriela DANIELO mediante Escritura Nº 167 de fecha 31 de julio del 2002, autorizada por la suscrita Escribana Titular del Registro Nº 27, inscripta con fecha 15-XI-2002 en el Registro Publico de Comercio de ésta Provincia bajo Asiento Nº 15 al Folio 51/52 del Legajo III de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de Farmacias y Droguerías. De dichos instrumentos surge: Que el capital social asciende a la suma de Pesos Diez Mil ($ 10.000) y se encuentra dividido en Diez Mil Cuotas de Pesos Uno cada una, correspondiendo a doña María Gabriela DANIELO la cantidad de Cien (100)cuotas comanditadas y a don Omar Kamal MUSRI la cantidad de Nueve Mil Novecientos (9.900) cuotas comanditarias. Segunda: Cesión de Cuotas Comanditadas: Que doña María Gabriela DANIELO y doña María del Carmen HERRERO, en el carácter de Cedente y Cesionaria respectivamente han decidido celebrar el presente contrato de Cesión de cuota Comanditada y en consecuencia Doña María Gabriela DANIELO, TRANSFIERE a TITULO DE CESIÓN GRATUITA a doña María del Cármen HERRERO las cien cuotas sociales comanditadas de dicha sociedad, cuyo valor nominal es de Un peso cada una, y que corresponden al uno por ciento del capital social y al cien por ciento del capital comanditado, que la Cesionaria acepta de plena conformidad. Con tal motivo la Cedente se obliga a comunicar su renuncia como farmacéutica de Nueva Farmacia San Martín al Departamento de Farmacia del Ministerio de Bienestar Social de la Provincia de Jujuy, mediante nota, informando de la Cesión del capital social comanditado a la farmacéutica María del Carmen HERRERO quien asume el cargo. Tercera: Cesión de Cuotas Comanditaria: Por su parte don Omar Kamal MUSRI, TRANSFIERE A TITULO DE CESIÓN GRATUITA a doña Adela Mónica MUSRI QUINTAR, cien cuotas del capital comanditario de la sociedad, cuyo valor nominal es de un peso cada cuota y que equivale al uno por ciento (1%) del capital social.- La Cesionaria por medio de su representante acepta la transmisión realizada a su favor y se integra a la sociedad en el carácter de Socia Comanditaria.- Cuarta: Estado actual del Capital Social: El Capital social de pesos Diez Mil ( $ 10.000) queda integrado y suscripto así: a) corresponde al capital comanditario el 99% distribuido en un noventa y ocho por ciento (98%) de Omar Kamal MUSRI; y un uno por ciento (1%) de Adela Mónica MUSRI QUINTAR; y b) al capital comanditado un uno por ciento (1%) perteneciente al socio comanditado María del Carmen HERRERO.- Quinta Vigencia de las cláusulas del contrato social original: Don Omar Kamal MUSRI, doña Adela Mónica MUSRI QUINTAR y doña María del Carmen HERRERO expresan que ratifican todas y cada una de las cláusulas y condiciones establecidas en el Contrato Social mencionado en la Cláusula Primera, las que quedan vigentes en todo lo que no sea expresamente modificado por la presente. Sexta: Autorización: Los otorgantes facultan a la Escribana Certificante Titular del Registro Nº 27 para que realice los tramites de la inscripción de este instrumento ante el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy. Presente Lucia Beatriz González presta su conformidad (art. 1277 C.C.) Constancias Notariales: 1- Legitimación: Don Omar Kamal MUSRI, acredita la representación invocada con el Poder General Amplio para Administrar y Disponer que le fuera conferido por doña Adela Mónica MUSRI QUINTAR, mediante Escritura Nº 17 de fecha 30 de enero del 2003, autorizada por la suscripta Escribana, que contiene facultades suficientes y en su parte pertinente dice: ”…a cuyos efectos ..n)…se otorga la aprobación expresa requerida por el Art. 1918 del C.C…” 2- Resolución 1375/02 AFIP: Tengo a la vista la Constancia de Inscripción como Representante de Sujeto Residente en el exterior.- 3- Documentación que se agrega: Fotocopia de los CUIT/ CUIL/ CDI, de la Constancia de representante y del Poder indicados- Leo a los comparecientes la presente escritura quienes la otorgan firmando por ante mi Escribana que la autorizo, doy fe.- Sigue a la de Compra-venta.-Firmado: María Gabriela DANIELO, María del Carmen HERRERO, Omar Kamal MUSRI, Lucía Beatriz GONZÁLEZ. Esta mi firma sobre el sello notarial: TIT. 27 Esc. CORINA C. BRIZUELA DE ROJO Titular R. Nº 27 S.S. de Jujuy.-Concuerda: Con su matriz que pasó ante mi al folio 198 del Protocolo sección A del Registro Numero Veintisiete a mi cargo, doy fe.- Expido para el Registro Público de Comercio esta Copia Simple en dos fojas que sello y firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento.-

Ordenase la Publicación en el,Boletin oficial por un día de conformidad con el Art. 10 de la Ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 27 de Junio de 2003.

NESTOR ANTENOR SANCHEZ MERA

ESCRIBANO

Juz. de Comercio de la Pcia. de Jujuy.-

Julio 02 – Liq.26247 – $ 49,40