BOLETÍN OFICIAL Nº 73 – 30/06/2003

DECRETO Nº 5133-G-2002.

SAN SALVADOR JU JUY, 22 MAYO 2002.

EXP. Nº 0400-4040/02

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Asignase a la SECRETARIA DE EDUCACION, dependiente del Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación las misiones y funciones que a continuación se detallan:

I – MISIONES:

Asistir al Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación en la formulación de la política educativa general.

Proyectar y programar las acciones necesarias para el logro y cumplimiento de los fines y objetivos de la política educativa.

Ejecutar las acciones aprobadas y autorizadas por la superioridad.

II – FUNCIONES :

Participar en la elaboración de la política educativa general con el Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación.

Desarrollar la política educativa en los aspectos pedagógicos, técnicos y administrativos, orientadola al mejoramiento integral del sistema educativo.

Ejecutar acciones tendientes a la concreción de la política, a través de las Coordinaciones Provinciales y las Delegaciones Regionales.

En tender a lo relativo a la organización, desarrollo,asistencia,reglamentacion,coordinacion y supervisión de la enseñanza estatal y privada, formal no formal, en todos los niveles y modalidades, y de todo otro tipo de enseñanza que se requiera en el futuro en la Provincia.

Dirigir los organismos de su dependencia y supervisar el correcto cumplimiento de las funciones asignadas.

Llevar a cabo acciones educativas que aseguren la formación integral de la persona, mediante la orientación y formación de los alumnos/as con necesidades educativas especiales y/o capacidades o talentos especiales.

Conducir las Areas de Procesamiento de Datos y de Estadísticas Educativa.

Efectuar la recopilación de información, las investigaciones y los estudios necesarios para la formulación de planes y proyectos de su área.

Dirigir y controlar los diversos programas compensatorios y/o asistenciales, nacionales y/o provinciales.

Intervenir en la formación y capacitación de docentes profesionales y del personal auxiliar de la docencia para el desarrollo provincial, regional e institucional.

Promover –ad referéndum de la superioridad- la realización de programas de educación referidos a la promoción de la salud, prevención de las enfermedades, la preservación de recursos naturales y desarrollo comunitario y cultural.

Organizar y administrar la dotación del personal docente y no docente.

Proyectar o diseñar las estructuras necesarias para lograr eficacia y eficiencia en las distintas áreas del sistema educativo provincial, con intervención del Ministro de área.

Desarrollar actividades educativas conjuntas con los organismos competentes en el amito provincial, regional, y nacional.

Coordinar y concertar acciones educativas con los municipios e instituciones de al comunidad.

Propiciar ante el Ministro de área la aprobación y reconocimiento de los proyectos educativos, como asimismo la habilitación de nuevos establecimientos educativos en la provincia.

Atender el reconocimiento de los estudios que se cursan en al provincia y al registro, legalización y certificación de Títulos y Estudios emitidos por los establecimientos en la provincia.

Participar en la elaboración del proyecto de presupuesto de su área, administrar las partidas asignadas y controlar la ejecución de las mismas.-

ARTICULO2º.- Facultase a la SECRETARIA DE EDUCACION a dictar los actos administrativos tendientes al efectivo cumplimiento de sus fines, conforme a la competencia asignada.

ARTICULO 3º.- Autorizase al MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y EDUCACION, A dictar los actos administrativos modificatorios, complementarios y/o ampliatorios que fueren necesarios para el desarrollo y fortalecimiento de la Secretaria de Educación.

ARTICULO 4º.- Dejase sin efecto toda otra normativa que se oponga a las disposiciones del presente Decreto.

ARTICULO 5º.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado, Tribunal de Cuentas y Contaduría de la Provincia, Comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase sucesivamente a la Dccion. Provincial de Presupuesto, Dccion. Provincial de Personal y Secretaria de Educación. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación a sus demás efectos.-

EDUARDO ALFREDO FELLENR

GOBERNADOR

C.P.N.ARMANDO RUBEN BERRUEZO

Ministro de Gobierno, Justicia y Educación