BOLETÍN OFICIAL Nº 71 – 25/06/2003

DECRETO Nº 4974-G-2002

SAN SALVADOR DE JUJUY,23 ABRIL DE 2002.-

EXPTE.Nº 0400-4043/02.-

VISTO:

El Decreto Acuerdo Nº 4594-G-01 modificatorio de la Ley Nº 5200 “ Orgánica del Poder Ejecutivo” , y

CONSIDERANDO:

Que en el marco del reordenamiento y reducción de la estructura política del Poder Ejecutivo Provincial corresponde determinar la estructura organica-funcional de la Jurisdicción “D”- Ministerio de Producción, infraestructura y Medio Ambiente;

Que a esos fines resulta necesario modificar la misma para adecuar la naturaleza especifica de su cometido a los objetivos y finalidades previstas por el Poder Ejecutivo;

Que de conformidad a lo expresado corresponde determinar las misiones y funciones asignadas a los organismos dependientes de esa Jurisdicción

Por ello y en uso de las atribuciones que le confiere el Articulo 137º de la Constitución de la Provincia y artículos 5º y 41º de la Ley Nº5200,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Modificanse las Plantas del Personal y la estructura organica-funcional de la jurisdicción “D” MINISTERIO DE PRODUCCION, INFRAESTRUCTURA Y MEDIO AMBIENTE que se detallan a continuación y en la forma que cada caso se indica:

a)

SUPRIMESE:

U. DE O.- SECRETARIA DE INDUSTRIA, MINERIA Y COMERCIO

CARGO: Secretaria

Nº DE CARGOS: 1

TOTAL:1

CREASE:

U. DE O. – SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA

CARGO: Secretario

Nº DE CARGOS: 1

TOTAL: 1

b)

SUPRIMESE:

U. DE O.: Dirección de Agricultura, Ganadería y Forestación.

U. DE O.: Dirección de Recursos Naturales y Medio Ambiente.

U. DE O.: Dirección de Comercio y Acción Cooperativa.

U. DE O.: Dirección Provincial de Minería.

CARGO : Director Provincial

Nº DE CARGO : 4

TOTAL : 4

CREASE:

U. DE O.: DIRECCION PROVINCIAL DE DESARROLLO AGROPECUARIO

U. DE O.: DIRECCION PROVINCIAL DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES

U DE O. : DIRECCION PROVINCIAL DE DESARROLLO INDUSTRIAL, MINERO Y COMERCIAL.

CARGO : Director Provincial

Nº DE CARGO: 3

TOTAL : 3

ARTICULO 2º.- Como consecuencia de lo dispuesto en el articulo 1º,ap.a) del presente dispositivo, crease la U. DE O. – SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA, dependiente de la jurisdicción “D” MINISTERIO DE PRODUCCION INFRAESTRUCTURA Y MEDIO AMBIENTE.-

ARTICULO 3º.- Como consecuencia de los dispuesto en el articulo 1º,ap.b) del presente dispositivo, créanse las U. DE O. – DIRECCION PROVINCIAL DE DESARROLLO AGROPECUARIO, DIRECCION PROVINCIAL DE MEDIO AMBIENTE Y DE RECURSOS NATURALES Y DIRECCION PROVINCIAL DE DESARROLLO INDUSTRIAL, MINERO Y COMERCIAL, dependientes de la Jurisdicción “D” MINISTERIO DE PRODUCCION, INFRAESTRUCTURA Y MEDIO AMBIENTE.-

ARTICULO 4º.- Apruébase la estructura organico-funcional de la JURISDICCION “D” MINISTERIO DE PRODUCCION, INFRAESTRUCTURA Y MEDIO AMBIENTE, que como anexo I forma parte integrante del presente Decreto.

ARTICULO 5º.- Asignase a las SECRETARIAS DE INFRAESTRUCTURA Y DE PRODUCCIO9N Y MEDIO AMBIENTE las Misiones y Funciones que se consignan en Anexos II y III respectivamente y que forma parte integrante del presente.

ARTICULO 6º.- Dejase sin efecto en lo pertinente el Decreto Acuerdo Nº 2026-G-00 y toda otra normativa que se oponga a las disposiciones del presente ordenamiento.

ARTICULO 7º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Gobierno, Justicia y Educación, de Hacienda y de Producción, Infraestructura y Medio Ambiente.

ARTICULO 8º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese íntegramente en el Boletín Oficial y, pase sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal y Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación, Hacienda, Bienestar Social y Secretaria General de la Gobernación para conocimiento. Cumplido vuelva al Ministerio de Producción, infraestructura y Medio Ambiente a sus demás efectos.-

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR

MIGUEL ALFONSO RIOJA

Ministro de Hacienda

CESAR RENE MACINA

Ministro de la Producción

Infraestructura y Medio Ambiente