BOLETÍN OFICIAL Nº 71 – 25/06/2003
DECRETO Nº 4974-G-2002
SAN SALVADOR DE JUJUY,23 ABRIL DE 2002.-
EXPTE.Nº 0400-4043/02.-
VISTO:
El Decreto Acuerdo Nº 4594-G-01 modificatorio de la Ley Nº 5200 “ Orgánica del Poder Ejecutivo” , y
CONSIDERANDO:
Que en el marco del reordenamiento y reducción de la estructura política del Poder Ejecutivo Provincial corresponde determinar la estructura organica-funcional de la Jurisdicción “D”- Ministerio de Producción, infraestructura y Medio Ambiente;
Que a esos fines resulta necesario modificar la misma para adecuar la naturaleza especifica de su cometido a los objetivos y finalidades previstas por el Poder Ejecutivo;
Que de conformidad a lo expresado corresponde determinar las misiones y funciones asignadas a los organismos dependientes de esa Jurisdicción
Por ello y en uso de las atribuciones que le confiere el Articulo 137º de la Constitución de la Provincia y artículos 5º y 41º de la Ley Nº5200,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Modificanse las Plantas del Personal y la estructura organica-funcional de la jurisdicción “D” MINISTERIO DE PRODUCCION, INFRAESTRUCTURA Y MEDIO AMBIENTE que se detallan a continuación y en la forma que cada caso se indica:
a)
SUPRIMESE:
U. DE O.- SECRETARIA DE INDUSTRIA, MINERIA Y COMERCIO
CARGO: Secretaria
Nº DE CARGOS: 1
TOTAL:1
CREASE:
U. DE O. – SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA
CARGO: Secretario
Nº DE CARGOS: 1
TOTAL: 1
b)
SUPRIMESE:
U. DE O.: Dirección de Agricultura, Ganadería y Forestación.
U. DE O.: Dirección de Recursos Naturales y Medio Ambiente.
U. DE O.: Dirección de Comercio y Acción Cooperativa.
U. DE O.: Dirección Provincial de Minería.
CARGO : Director Provincial
Nº DE CARGO : 4
TOTAL : 4
CREASE:
U. DE O.: DIRECCION PROVINCIAL DE DESARROLLO AGROPECUARIO
U. DE O.: DIRECCION PROVINCIAL DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
U DE O. : DIRECCION PROVINCIAL DE DESARROLLO INDUSTRIAL, MINERO Y COMERCIAL.
CARGO : Director Provincial
Nº DE CARGO: 3
TOTAL : 3
ARTICULO 2º.- Como consecuencia de lo dispuesto en el articulo 1º,ap.a) del presente dispositivo, crease la U. DE O. – SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA, dependiente de la jurisdicción “D” MINISTERIO DE PRODUCCION INFRAESTRUCTURA Y MEDIO AMBIENTE.-
ARTICULO 3º.- Como consecuencia de los dispuesto en el articulo 1º,ap.b) del presente dispositivo, créanse las U. DE O. – DIRECCION PROVINCIAL DE DESARROLLO AGROPECUARIO, DIRECCION PROVINCIAL DE MEDIO AMBIENTE Y DE RECURSOS NATURALES Y DIRECCION PROVINCIAL DE DESARROLLO INDUSTRIAL, MINERO Y COMERCIAL, dependientes de la Jurisdicción “D” MINISTERIO DE PRODUCCION, INFRAESTRUCTURA Y MEDIO AMBIENTE.-
ARTICULO 4º.- Apruébase la estructura organico-funcional de la JURISDICCION “D” MINISTERIO DE PRODUCCION, INFRAESTRUCTURA Y MEDIO AMBIENTE, que como anexo I forma parte integrante del presente Decreto.
ARTICULO 5º.- Asignase a las SECRETARIAS DE INFRAESTRUCTURA Y DE PRODUCCIO9N Y MEDIO AMBIENTE las Misiones y Funciones que se consignan en Anexos II y III respectivamente y que forma parte integrante del presente.
ARTICULO 6º.- Dejase sin efecto en lo pertinente el Decreto Acuerdo Nº 2026-G-00 y toda otra normativa que se oponga a las disposiciones del presente ordenamiento.
ARTICULO 7º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Gobierno, Justicia y Educación, de Hacienda y de Producción, Infraestructura y Medio Ambiente.
ARTICULO 8º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese íntegramente en el Boletín Oficial y, pase sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal y Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación, Hacienda, Bienestar Social y Secretaria General de la Gobernación para conocimiento. Cumplido vuelva al Ministerio de Producción, infraestructura y Medio Ambiente a sus demás efectos.-
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR
MIGUEL ALFONSO RIOJA
Ministro de Hacienda
CESAR RENE MACINA
Ministro de la Producción
Infraestructura y Medio Ambiente








