BOLETÍN OFICIAL Nº 67 – 13/06/2003
Dra. GLORIA M. M. PORTAL de ALBISETTI, Juez por Habilitación de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3. Secretaría Nº 5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte Nº. B-89.746/02, Caratulado: “EJECUTIVO. PREPARA VIA BANCO MACRO S.A., c/SARAVIA, MARIO DAVID”; hace saber al Sr. SARAVIA MARIO DAVID el siguiente Decreto que a continuación se transcribe: Decreto de Fs. 24 de Autos: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 de Octubre de 2002. Atento al estado de la causa y constancias de autos, téngase por EXPEDITA LA VIA EJECUTIVA. Asimismo y de conformidad con la dispuesto por los Art. 472 y 488 del C.P.C., requiérase de PAGO. EJECUCIÓN y EMBARGO al demandado Sr. MARIO DAVID SARAVIA en el domicilio denunciado por la suma de PESOS $ 2.152.08 en concepto de capital, con más la suma de $ 1.076.- presupuestada para responder a accesorias legales y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos, a la propia parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley. En el mismo acto requiérasele la manifestación sobre si los bienes embargados registran prendas o algún gravamen y en su caso expreso monto, nombre y domicilio del o los acreedores prendarios o Juez embargante. Asimismo cíteselo de REMATE para que dentro de los CINCO DIAS de notificado, oponga excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Córrasele TRASLADO del pedido de intereses y costas con las copias respectivas y por el mismo término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo y también por el mismo plazo antes señalado, se intimará al demandado para que constituya domicilio legal dentro del radio de Tres Kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de notificárselo en lo sucesivo por Ministerio de Ley (Art. 52 del C.P.C.) Notificaciones en Secretaría martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Notifíquese (Art. 154 del C.P.C.). Fdo. Dra. GLORIA PORTAL de ALBISETTI. Juez Habilitado. Ante mí: MARTA J. B. de OSUNA. Pro-Secretaria.
Se deja constancia que las copias para TRASLADO de la demanda, se encuentran en Secretaría a su disposición.
Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local por Tres Veces en Cinco Días.
S.S. de Jujuy, 22 de Mayo de 2003.
Dra. MARTA PORTAL de OSUNA. Pro-Secretdaria.
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