BOLETÍN OFICIAL Nº 67 – 13/06/2003
La Dra. HILDA BEATRIZ OLMEDO, ha dictado en el Expte. Nº B-79.366/01, Caratulado: “INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO: GABRIELA CECILIA FLORES c/SANDRINI S.A.”, el siguiente decreto: “San Salvador de Jujuy, Febrero 06 de 2002.. Atento lo informado por Secretaría y las constancias de autos, hácese efectivo el apercibimiento con que fueran emplazados los demandados SANDRINI S.A. y sus socios CARLOS RAUL TOLELLI y EVANGELINA VERÓNICA DIAZ, a quienes se les tiene por contestada la demanda en los términos del Art. 51 del C.P.T. y no habiendo comparecido a estar en juicio decláraseles REBELDES. Asimismo hácese efectivo el apercibimiento dispuesto a fs. 30 (penúltimo apartado), notificándose a los mismos en lo sucesivo por Ministerio de la Ley. Asimismo y teniendo en cuenta lo prescripto por el Art. 196 del C.P.C., dése intervención al Defensor de Pobres y Ausentes que en turno corresponda, a sus efectos. Notifíquese. Fdo. Dra. HILDA BEATRIZ OLMEDO. Es Copia. Secretaria.
S.S. de Jujuy, 14 de Febrero de 2003.
Proc. ROSA A MARTINEZ. Secretaria.
Junio 13/ 18/ 20.








