BOLETÍN OFICIAL Nº 77 – 16/07/14

Icon_PDF_6DECRETO Nº 3892-S.-

EXPTE. Nº 716-1396/10.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 NOV. 2013.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.Aceptase la renuncia presentada por el Dr. Jorge Eduardo Bueno, CUIL 20-11607304-9, categoría D (j-2), agrupamiento profesional, Ley Nº 4418, a la función de Jefe de Unidad de Terapia Intensiva, de la U. de O.: R 2-02-04 Hospital “San Roque”, con retroactividad al 23 de diciembre de 2010, de conformidad a lo expresado en el exordio.-

ARTICULO 2º.Asignase a favor del Dr. Esteban Guillermo Juncos, CUIL 20-21371584-5, categoría A (j-2), agrupamiento profesional, Ley Nº 4418, de la U. de la O.: R2-02-04 Hospital “San Roque”, la función de Jefe de la Unidad de Terapia Intensiva y consecuentemente reconocese el pago del adicional por función jerárquica (20%), por el período comprendido entre el 23 y 31 de diciembre 2010, y reconocese el pago del adicional por función jerárquica (40%), con retroactividad al 1º de enero 2011 y hasta la aprobación de la estructura orgánica-funcional del Hospital en el cual cumple servicios y la conclusión del tramite de designación- previo concurso- en dicha mayor función, de conformidad a lo normado en la Ley Nº 5682 Y Decreto-Acuerdo Nº 9573, que no podrá exceder el mes de julio del año 2.014.-

ARTICULO 3º.-El reconocimiento y asignación en la función jerárquica dispuesta en el artículo precedente, reviste carácter excepcional y transitoria, que caducara inmediatamente en la fecha indicada, prohibiéndose el reconocimiento y pago de esa mayor función en contravención a los términos de la Ley Nº 5682 y Decreto-Acuerdo Nº 9573.-

ARTICULO 4º.-Instruyese a la Secretaría de Planificación en Políticas y Regulación Sanitaria, para que diligencie los trámites administrativos de aprobación de las estructuras orgánica-funcional conducentes al cumplimiento de lo determinado por el artículo 1º, debiendo elevar-previo visado por la Dirección Provincial de Personal y Presupuesto-, el proyecto definitivo a la Jefatura de Gabinete de Ministros, hasta el 20 de diciembre del año 2013.-Asimismo asignase a dicha Secretaría la función de auditar y verificar el cumplimiento efectivo de la función jerárquica por el profesional asignado por el presente, debiendo elevar los informes respectivos al Ministro de Salud, a fin de llevar a cabo los procedimientos pertinentes.

ARTICULO 5º.-A los efectos de la liquidación y pago retroactivo del incremento del “Adicional por Función Jerárquica”, deberán computarse los importes ya percibidos por el profesional, debiendo el área de personal respectiva comunicar inmediatamente tal situación a Contaduría de la Provincia.-

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR