BOLETÍN OFICIAL Nº 60 – 28/05/2003
El Dr. HUMBERTO MARIO GONZALEZ, Juez de Instrucción en lo Penal Nº 4 y el Sr. Actuario titular de la Secretaría Nº8 EDUARDO GUITIAN, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº 648/02, Caratulado: “CONDORI RAMON HORACIO, JERÓNIMO ESTEBAN y CONDORI MARIA p.s.a. de ROBO CALIFICADO CON ARMA DE FUEGO Y PARTICIPACIÓN CRIMINAL – PALPALA”; ha dispuesto la notificación de los procesados RAMON HORACIO CONDORI, de la resolución recaída en la presente causa y cuya parte dispositiva expresa: “/// SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 de Mayo de 2003. Y VISTO:…; CONSIDERANDO:…; RESUELVO: I).- Modificar parcialmente el punto II) de la parte Resolutiva del interlocutorio dictado con fecha 05 de agosto del año 2002 (fs. 110 y vta.) II).- Procesar a los prevenidos RAMON HORADIO CONDORI y ESTEBAN JERÓNIMO encuadrando la conducta de los mismos en el Art. 166 Inc. 2º en función del Art. 42 del C. Penal, como supuestos autores del delito de Robo Agravado con el uso de Armas en Grado de Tentativa. III).- Protocolizar, notificar, registrar, hacer saber. Fdo. Dr. HUMBERTO MARIO GONZALEZ. Juez. Ante mí: EDUARDO GUITIAN. Secretario.
Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local por tres Veces en Cinco días.
S.S. de Jujuy. 09 de Mayo de 2003.
Sr. EDUARDO GUITIAN. Secretario.
Mayo 28/ 30 Junio 02.








