BOLETÍN OFICIAL Nº 59 – 26/05/2003

DRA.GLORIA M.M. PORTAL DE ALBISETTI, Juez por habilitación de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº3, Secretaria Nº5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-88104/02 caratulado: EJECUTIVO: PROVENCRED II-SUC.ARGENTINA C/ FRANCO GUILLERMINA DEL VALLE – CARRAZANA GLADIS. Se hace saber a la Sra. GUILLERMINA DEL VALLE FRANCO, el siguiente Decreto que a continuación se transcribe: DECRETO DE FS. 10 DE AUTOS.

SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 DE SETIEMRE DE 2002. Por presentado el Dr. JORGE A. RIPOLL, por constituido domicilio legal y por parte en nombre y representación de PROVENCRED II, Sucursal Argentina, a mérito de la copia juramentada de poder general para juicios que acompaña a fs. 2/4 de autos. De conformidad con lo dispuesto por los art.472,478 y 480 del C.P.C. requiere de Pago,Ejecucion y Embargo a la demandada Sra. GLADIS SILVANA CARRAZANA Y GUILLERMINA DEL VALLE FRANCO, en el domicilio denunciado, por l suma de PESOS $ 903,01.- en concepto de capital con mas la suma de $ 451,50. Presupuestada para responder a accesorias legales y consta del presente juicio. En defecto de pago, trábese Embargo cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la propia parte afectada y en caso de negativa a persona responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de la ley. En el mismo acto requiérasela la manifestación sobre si los bienes embargados registran prendas o algún gravamen y en su caso expresa monto nombre y domicilio del o los acreedores prendarios o Juez Embargante. Asimismo citecelo de Remate para que dentro de los CINCO DIAS, de notificado oponga excepciones legitimas si las tuviere bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Córrasele traslado del pedido de intereses y costas con las copias respectivas y por el mismo termino antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo y también por el mismo plazo antes señalado se intimara al demandado para que constituya domicilio legal dentro del radio de TRES KILOMETROS del asiento del Juzgado bajo apercibimiento de notificárseles en lo sucesivo por Ministerio de Ley, art. 52 del C.P.C. notificaciones en Secretaria martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Notifíquese art.154 c.p.c.

Fdo. DRA. GLORIA PORTAL DE ALBISETTI. Juez Habilitado ante mi: Marta de Osuna-Pro-Secretaria.-

Se deja constancia que las copias para traslado de la demanda, se encuentran en secretaria a su disposición.

Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local por TRES VECES EN CINCO DIAS.

Prosecretaria: MARTA DE OSUNA.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 de Mayo de 2003.

Mayo 26/28/30