BOLETÍN OFICIAL Nº 59 – 26/05/2003
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
Expte.Nº 524-X-94-11140-C-94
Sanciona la Ordenanza Nº 1820/1994.
Publicación p/ Decreto Nº 345-I-95
ARTICULO 1º.- El Departamento Ejecutivo a través del área correspondiente procederá a considerar y estudiar las distintas categorías de puestos y locales de los Mercados Municipales para modificar los montos determinados en la Ordenanza Impositiva 1993, que deben abonar los comerciantes por la concesión de puesto y locales, en concepto de mantenimiento, vigilancia, higiene y control en mercado santa rosa, mercado 12 de octubre y mercado de concentración y abasto.
ARTICULO 2º .- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, 2 de Noviembre de 1994.
C.P.N.CARLOS BELLER
Secretaria Parlamenteria
LUCIO GIMENEZ
PTE.CONCEJO DELIBERANTE.-








