BOLETÍN OFICIAL Nº 59 – 26/05/2003

CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

Expte.Nº 524-X-94-11140-C-94

Sanciona la Ordenanza Nº 1820/1994.

Publicación p/ Decreto Nº 345-I-95

ARTICULO 1º.- El Departamento Ejecutivo a través del área correspondiente procederá a considerar y estudiar las distintas categorías de puestos y locales de los Mercados Municipales para modificar los montos determinados en la Ordenanza Impositiva 1993, que deben abonar los comerciantes por la concesión de puesto y locales, en concepto de mantenimiento, vigilancia, higiene y control en mercado santa rosa, mercado 12 de octubre y mercado de concentración y abasto.

ARTICULO 2º .- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.-

SALA DE SESIONES, 2 de Noviembre de 1994.

C.P.N.CARLOS BELLER

Secretaria Parlamenteria

LUCIO GIMENEZ

PTE.CONCEJO DELIBERANTE.-