BOLETÍN OFICIAL Nº 58 – 23/05/2003
DRA. GLORIA M.M. PORTAL DE ALBISETTI, Juez habilitada de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº3, Secretaria Nº5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-43417/99, caratulado: “ PREPARA VIA EJECUTIVO: BANCO DE LA PROVINCIA DE JUJUY ENTE RESIDUAL c/ ABRAHAM LUIS VICENTE – IBAÑEZ DE ABRAHAM ROSA ANGELICA, se hace saber que se ha dictado la siguiente resolución que a continuación se transcribe en todas sus partes: /// SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 de Octubre de 2002.- AUTOS Y VISTOS :… RESULTA:…. CONSIDERANDO:… RESULEVE:…I) Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por el BANCO DE LA PROVINCIA DE JUJUY- ENTE RESIDUAL, en contra de los Sres. LUIS VICENTE ABRAHAM Y ROSA ANGELICA IBAÑEZ DE ABRAHAM, hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o se a la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Y SEIS CON VEINTE CENTAVOS ($186.20.-), no especificando el interés por mora en el contrato del Mutuo a fs. 13/ 15 de autos, aplicase al Capital reclamado en la demanda, la tasa activa promedio que cobra el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuentos de documentos comerciales (art. 565 Cod. Civil ), desde la mora y hasta el efectivo pago, con más el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de dicha tasa en concepto de interés punitorio.- II.- Imponer la costas a al vencida (art. 102 del C.P.C.).- III.- Diferir la regulación de los honorarios profesionales de los letrados intervinientes, hasta tanto practique la parte actora planilla de liquidación.- IV.- Hacer efectivo el apercibimiento dispuesto a fs. 58 en contra de los SRES. LUIS VICENTE ABRAHAM Y ROSA ANGELICA IBAÑEZ DE ABRAHAM, mandándose notificar la presente Resolución mediante la Publicación de Edictos y en el Boletín Oficial y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.- V.- Agréguese copia en autos, hacer saber, etc.- FDO. DR. ROBERTO SIUFFI – JUEZ HABILITADO – ANTE MI PROC. MARTA BERRAZ DE OSUNA – PRO SECRETARIA .-
— Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días .-
— SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 de Mayo de 2003.-
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