BOLETÍN OFICIAL Nº 58 – 23/05/2003

El Juzgado de Primera Instancia en lo C. y C. Nº 6, Secretaría Nº 12, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-60.094/00, Caratulado: “EJECUTIVO. RIOJA ROSARIO c/ERAZO ABRAHAM ABEL, hace saber al demandado Sr. ABRAHAM ABEL ERAZO que se ha dictado la siguiente resolución: San Salvador de Jujuy, 08 de Mayo del 2003. AUTOS Y VISTOS:…; CONSIDERANDO:…; RESUELVE: 1º).- Mandar llevar adelante la ejecución seguida por RIOJA, ROSARIO en contra de ERAZO, ABRAHAM ABEL, hasta hacerse el acreedor del integro pago de la suma de $ 2.160.- con más las costa del juicio y el interés de la tasa activa que el Banco de la Nación Argentina, percibe en sus operaciones de descuento de documentos comerciales, desde la mora y hasta el efectivo pago. 2º).- Imponer las costas al demandado vencido (Art. 102 del Código Procesal Civil). 3º).- Regular los honorarios profesionales del Dr. Pablo Zurueta en la suma de $ 300.- como patrocinante, fijándose a la fecha por la labor desarrollada en autos, y la que solo en caso de mora devengará interés conforme a la tasa pasiva, la que será calculada, no por el procedimiento establecido en la Acordada Nº 5/96 del Superior Tribunal de Justicia, sino con la fórmula que establece el comunicado 14.290 del Banco Central de la República Argentina, ello a fin de dar verdadero cumplimiento con la doctrina de nuestro Superior Tribunal de Justicia sobre intereses (L.A. Nº 45, Fº 977/978. Nº 429 del 29 de Octubre del 2002), hasta su efectivo pago, con más I.V.A. si correspondiere. 4º).- Notificar por cédula y por edictos y en lo sucesivo por Ministerio de Ley. 5º).- Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber. Fdo. Dra. MARIA C. MOLINA LOBOS. Juez. Ante mí: Dra. MARIA SOL ZURUETA. Secretaria.

Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local por Tres Veces en Cinco Días.

S.S. de Jujuy, 09 de Mayo de 2003.

Dra. MARIA SOL ZURUETA de BONILLA. Secretaria.

Mayo 21/ 23/ 26.