BOLETÍN OFICIAL Nº 121 – 28/10/16
Dra. Alicia M. Aldonate-Actuaría titular de la secretaria N° 16 del Juzgado C. y C. N° 8 del Centro Judicial de San Pedro de Jujuy, en el Expte. N° D-010941/15 Caratulado: Prepara Vía Ejecutiva: Tarjetas Cuyanas S.A. c/ Ledesma, Fernando Gabriel” Hace saber que el Sr. Juez de la causa ha dictado el sgte. decreto: San Pedro de Jujuy, 25 de Noviembre de 2015.- I.-Atento a la incomparecencia del demandado, téngase por expedita la vía ejecutiva en la presente causa y de conformidad a lo previsto por los arts. 472 y 478 del C.P.C., líbrese en contra del demandado Sr. Fernando Gabriel Ledesma en el domicilio denunciado, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de pesos doce mil ciento noventa y cuatro con 88/100 ($12.194,88) en concepto de Capital reclamado, con mas la suma de pesos seis mil noventa y siete ($6.097,00), en concepto de acrecidas de la presente ejecución.- En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes de propiedad de la demandada, hasta cubrir ambas sumas, debiendo nombrar depositario judicial de los mismos al propio afectado y en caso de negativa, a tercera persona de responsabilidad y arraigo.- Cíteselo de remate para que en el plazo de cinco días de notificado, concurra a oponer excepciones legitimas si las tuviere bajo apercibimiento de llevarse adelante la presente ejecución si así no lo hiciere.- En igual plazo intímeselo a constituir domicilio legal dentro del radio de asiento de este Juzgado -3 km- bajo apercibimiento de ser notificado en lo sucesivo por Ministerio de Ley.- A tales fines, comisiónese al Sr. Oficial de Justicia y/o Juez de Paz que por jurisdicción corresponda.- Notificaciones en Secretaria Martes y Jueves o el siguiente día hábil en caso de feriado.- Notifíquese.- Fdo. Dr. Juan Carlos Correa- Juez.- Ante Mi: Dra. Alicia M. Aldonate- Pro Sec.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un diario local, por tres veces en cinco días.- San Pedro de Jujuy, 14 de Junio de 2016.-
28/31 OCT. 02 NOV. LIQ. Nº 124114 $270,00.-