BOLETÍN OFICIAL Nº 56 – 19/05/2003
DECRETO Nº 6698-H-2003.
S.S. DE JUJUY, 6 MARZO 2003.
EXP. Nº 0516-791/01.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Apruébase el Plano de Mensura y Loteo proyectado sobre la propiedad del INSTITUTO DE VIVIENDA Y URBANISMO DE JUJUY, individualizado como Sección 7, Circunscripción 1, Parcela 1134, Padrón N-4426, ubicado en Bº Mariano Moreno, La Quiaca, Dpto.Yavi.
ARTICULO 2º.- La aprobación a que se hace referencia en el articulo precedente implica únicamente el reconocimiento de la validez del Plano, para surtir los efectos para los cuales se lo concibiera sin que en modo alguno ello signifique convalidar aspectos esenciales de recopilación y elaboración de exclusiva responsabilidad del perito actuante.
ARTICULO 3º.- Aceptase la donación de las superficies destinadas a calles y ochavas –fs 26- que surgen del plano que por este acto se aprueba, en consecuencia, por Escribanía de Gobierno, procédase a implantar el procedimiento reglado por el Art. 1810 y demás normas aplicables del Código Civil a los efectos de la inscripción de las superficies donadas a nombre del Estado Provincial.
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR
RENE VIDAL MARTINEZ
Secretario de Ingresos Pùblicos








