BOLETÍN OFICIAL Nº 49 – 02/05/2003

DRA. GLORIA M. M. PORTAL DE ALBERTINI. Juez Habilitado, de Primera Instancia en lo C. y C- Nº 3, Secretaría Nº 5, de la Provincia de Jujuy; en el Expte. Nº B-03620/96, Caratulado: “EJECUTIVO. BANCO PROVINCIA DE JUJUY c/OLGA RUEDA; se hace saber a la Sra. OLGA RUEDA, la siguiente resolución que a continuación se transcribe en todas sus partes: “San Salvador de Jujuy, 21 de Febrero de 1997. AUTOS y VISTOS:…; RESULTA:…; CONSIDERANDO:…; RESUELVE: I.- Mandar llevar adelante la ejecución seguida por el BANCO DE LA PROVINCIA DE JUJUY, en contra de la Sra. OLGA RUEDA, hasta hacerse el acreedor del integro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS $ 147.28 con más las costas del juicio y el interés de la tasa activa que fija mensualmente el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuentos comerciales, desde la mora y hasta el efectivo pago. II.- Diferir la regulación de los honorarios de los letrados intervinientes hasta tanto se practique la correspondiente planilla de liquidación. III.- Hacer efectivo el apercibimiento decretado a fs. 9, mandándose notificar la presente resolución por Edictos y las sucesivas providencias por ministerio de ley. IV.- Imponer costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.). V.- Agréguese copia en Autos, hágase saber, etc. FDO. Dra. MONICA JÁUREGUI DE LOS RIOS, Juez. Ante mí: MABEL IRIS PINTA DE MANZUR. Secretara. Fdo. Juez de Habilitación. Dra. GLORIA M. M. PORTAL DE ALBERTINI. Ante mí: MARIA J. B. DE OSUNA. Pro-Secretaria.

Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local por Tres Veces en Cinco Días.

S.S. de Jujuy, 01 de Abril de 2003.

Abril 28/ 30 Mayo 2