BOLETÍN OFICIAL Nº 49 – 02/05/2003

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETO Nº 0478-03-007 –

EXPTE. Nº 002418/2003

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE

SAN SALVADOR DE JUJUY DECRETA:

ARTICULO 1º: Promulgase la Ordenanza Nº 3665/2003, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria celebrada el día 2 de abril del año en curso, referente a la norma legal Impositiva, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2003.

ARTICULO 2º: Consecuentemente con lo dispuesto en el Artículo anterior, téngase por instrumento legal, cúmplase, comuníquese, y regístrese la Ordenanza Municipal Nº 3665/2003, remitiéndose copia de la misma y del presente Decreto, mediante nota de estilo para conocimiento del Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, y el Boletín Oficial para su publicación por el término de Ley.

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda C.P.N. MARCELO HORACIO FERNÁNDEZ, conforme lo establece el Artículo 1º del Decreto Acuerdo Nº 176-I-94.

ARTICULO 4º: Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, y pase a conocimiento y demás pertinentes a la Dirección General de Rentas, y su posterior derivación a la totalidad de Unidades de Organización de aplicación de la presente norma.

FIRMADO. HUGO CID CONDE – Intendente Municipal

San Salvador de Jujuy, 24 de Abril de 2003.

Mayo 2