BOLETÍN OFICIAL Nº 49 – 30/04/2004
Contrato De Cesion De Cuota Parte
AGENCIA DE PROPIETARIOS DE AUTOMÓVILES TAXÍMETROS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA o A.P.A.T. S.R.L.
En la Ciudad de San Pedro de Jujuy, departamento san Pedro provincia de Jujuy, a los veintinueve días del mes de agosto del año dos mil tres, entre la Sra. MyRIAN LILIANA PAEZ, D. N. I. Nº 14.804.387, Argentina , mayor de edad, soltera, docente, domiciliado en calle Martín Silvester Nº 248 del barrio Bernachi, por una parte en adelante el cedente y por la otra el Sr. CLAUDIO DANILO MONTANARI, D.N.I. Nº 16.481.261, Argentino , mayor de edad, soltero domiciliado en calle Guemez Nº 165 Bº 23 DE AGOSTO en adelante el cesionario, convienen en celebrar el presente contrato de cesión de cuota sociales de la sociedad “ AGENCIA DE PROPIETARIOS DE AUTOMÓVILES TAXÍMETROS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA o A.P.A.T. S.R.L. “ que se regirá por la presentes cláusulas :
PRIMERA: Por este acto el cedente la Sra. MIRIAN LILIANA PAEZ cede y transfiere al cesionario CLAUDIO DANILO MONTANARI, su cuota social en el capital social, representado por el valor de 200 (doscientas) cuotas de $10.- (DIEZ PESOS) cada una y que representa el 20% (veinte por ciento ) del capital social, cesando la misma en su calidad de socio, por un monto total de la presente cesión de $2000 (PESOS DOS MIL) suma esta que el socio saliente ha recibido con anterioridad en dinero en efectivo del socio cesionario, sirviendo el presente como recibo de cancelación y formal carta de pago.
SEGUNDA: Los demás socios dan su conformidad conforme acta de fecha 30 de junio del 2003, 14 de julio del 2003 y 15 de agosto del 2003 no teniendo nada que reclamar al respecto como derecho de preferencia o de prorrateo.-
TERCERA: Se faculta a la Dra. Teresa Lewin de Pedicone, abogada del foro local M.P. Nº 1546, para que realice todos los tramites necesarios ante el registro Publico de Comercio de la Provincia de Jujuy, para la inscripción de la presente.
Bajo las tres (3) cláusulas que anteceden, se deja modificado en consecuencia el contrato societario y por efectuada la cesión de cuota parte, firmando las partes de conformidad, en tres ejemplares originales para si y para el registro Publico de Comercio de Jujuy , recibiendo cada una un ejemplar en el lugar y fecha de su otorgamiento.-
Escribana María Valeria Bordallo
Actuación Notarial Nº A-00283012
Ordenase la publicación en el Boletín Oficial y diario local por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550. San Salvador de Jujuy, 6 de abril de 2004.
NESTOR ANTENOR SANCHEZ MERA
Escribano – Juzgado de Comercio de la Pcia. Jujuy
Abril 30








