BOLETÍN OFICIAL Nº 46 – 23/04/2004
DRA. GLORIA M.M. PORTAL DE ALBISETTI – JUEZ HABILITADA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº3, SECRETARIA Nº6, en el Expte. Nº
B-69247/01 caratulado: EJECUTIVO Y EMBARGO PREVENTIVO; BLACUD JORGE c/ SALCEDO NESTOR LIDORO: se notifica al SR. SALCEDO NESTOR LIDORO de la siguiente RESOLUCIÓN: /// SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 de Abril de 2003. AUTOS Y VISTOS – RESULTA – CONSIDERANDO – RESUELVE: Avocase la suscripta al conocimiento de la presente causa, hágase saber a las partes Juez que interviene en la misma. Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por BLACUD JORGE en contra de SALCEDO NESTOR LIDORO, hasta hacerse del integro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS CINCO MIL ($ 5.000) con mas las costas del juicio y el interés promedio de la tasa activa que establece el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos comerciales Art. 565 del C. Civil desde la mora y hasta el efectivo pago. Diferir la regulación de los honorarios profesionales del DR. MALLAGRAY MARIO RODOLFO A., hasta tanto de cumplimiento con la resolución Nº 689 de la A.F.I.P. – D.G.I. Hacer efectivo el apercibimiento ordenado a fs 16 mandadose notificar la presente resolución por edictos y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley. Imponer las costas a la vencida Art. 102 CPC. agregar copia en autos, hacer saber, etc. FDO. DRA. GLORIA PORTAL DE ALBISETTI, JUEZ HABILITADA ante mi: SRA. NORMA FARACH DE ALFONSO, Secretaria. Publíquese edictos en el Boletín Oficial y diario local por TRES VECES EN CINCO DIAS. SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 de Agosto de 2003.
Abr.23/26/28-Liq.31687-$8,70








