BOLETÍN OFICIAL Nº 44 – 16/04/2004

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPEDIENTE N° 9830-2000.-

DECRETO ACUERDO N° 0054.04.009.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 de marzo de 2.004

VISTO:

El contrato de locación de servicios celebrado en fecha 29 de Junio del año 2.001, aprobado por Decreto Acuerdo N0 0907.01.009 Entre esta MUNICIPALIDAD y la UTE SIMECON-NOANET y

Por ello y haciendo propio los informes referidos,

EL INTENDENTE DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EN ACUERDO DE SECRETARIOS

DECRETA:

Articulo 1°: Denunciar la nulidad de la oferta presentada por la firma UTE SIMECON- NOANET, en relación a la Licitación Pública N0 1/00, y en su consecuencia el contrato celebrado con dicha firma en fecha 29 de Junio del año 2.001, aprobado mediante Decreto Acuerdo N° 0907.01 .009, de fecha 18 de Julio del año 2.001.

Articulo 2°: Por mérito de lo dispuesto en el articulo primero, dispónese la iniciación de las acciones judiciales que por derecho correspondan a favor de éste Municipio, tendientes a lograr la declaración judicial de dicha nulidad.

Artículo 3°: Sin perjuicio de lo indicado y ante el supuesto previsto en los considerandos declárese resuelto el contrato de locación de servicios suscrito entre la MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY y la firma UTE SIMECON~NOANET en fecha 29 de Junio del año 2.001.-

Articulo 4°: Al encontrarse el sistema informático, afectado a la prestación de servicios públicos esenciales por parte de éste Municipio, se dispone la retención sobre todo el equipamiento y/o prestaciones actuadas y/o entregadas por dicha Empresa a este Estado, hasta tanto se resuelva la situación en sede judicial.

Articulo 5°: Intimar a la firma UTE SIMECON-NOANET se abstenga de realizar cualquier acto o hecho que implique ceder a terceros el uso de cualquiera de los 27 sistemas informáticos de propiedad del Municipio y sobre los cuales debía haber realizado trabajos de reingeniería, corno así también de realizar cualquier hecho o acto que pudiera suprimir, modificar o alterar la situación fáctica existente en materia informática en este Municipio y sus respectivas dependencias.

Articulo 6°: Notifíquese a la empresa UTE SIMECON NOANET, comuníquese al CONCEJO DELIBERANTE y publíquese en el Boletín Oficial, archívese.

Arq. JOSE LUIS MARTIARENA

Intendente

CPN RENE VIDAL MARTINEZ

Secretario de Hacienda

Abr.16-