BOLETÍN OFICIAL Nº 36 – 24/03/2004
Municipalidad de Fraile Pintado
Ordenanza 007 CD 2004.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE FRAILE PINTADO EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR LA LEY ORGANICA DE LOS MUNICIPIOS 4466/89, SANCIONA LA SIGUIENTE.-
ORDENANZA N° 007 -CD-2004 .-
ARTICULO 1°: Declarase en estado de emergencia económica y administrativa a la Municipalidad de Fraile Pintado por el termino de seis (6) meses a contar desde la fecha de sanción de la presente ordenanza .
ARTICULO 2°: Suspéndase durante el plazo indicado en el articulo anterior las ejecuciones de sentencia , acuerdos o convenios judiciales o extrajudiciales que comprometan o condenen al municipio al pago de sumas
de dinero ; como así también las medidas cautelares efectivizadas sobre las
cuentas del municipio .
ARTICULO 3°: Disponese la creación de un proceso de verificación y compensación de deudas , cualquiera sea la causa o naturaleza de las mismas , existentes al 15 de Diciembre de 2003 .-
ARTICULO 4°: Autorizace al departamento ejecutivo a renegociar los contratos y convenios vigentes y a celebrar convenios de pago con los acreedores verificados .
ARTICULO 5° : Comuníquese al departamento ejecutivo , publíquese y archívese .
ARTICULO 6° : DE FORMA .
SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE FRAILE PINTADO , 03 DE MARZO DE 2004 .-
JOSE ANTONIO BELLONE , Presidente del Concejo Deliberante Fraile Pintado de Jujuy ,
JOSE ALBERTO LAGORIA , Secretario Parlamentario del Concejo Deliberante de Fraile Pintado de Jujuy .-
Decreto Nº 026 de 2004.
EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY ORGANICA DE LOS MUNICIPIOS Nº 4466/89 Y LA CONSTITUCION DE LA PROVINCIA DE JUJUY, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FRAILE PINTADO
DECRETA:
Articulo 1: PROMULGASE La Ordenanza Nº 007- CD 04 sancionada por el Concejo Deliberante de Fraile Pintado con feca 03/03/04 que trta sobre la declaración de Emergencia Económica y administrativa de la Municipalidad de Fraile Pintado por los motivos expresados en el exordio.
Articulo 2: Comuniquese a las Secretarias del Departamento Ejecutivo a los efectos pertinentes.
Articulo 3: Remitase copia del presente Decreto al Concejo Deliberante para conocimientos y demás efectos.
Articulo 4: Dese difusión por los Medios de Comunicación y publiquese en el Boletín Oficial. Cumplido, registrese y archivese.
Fraile Pintado, 15 de Marzo de 2004.
JORGE ADALBERTO GOMEZ
Intendente
Municipalidad de Fraile Pintado
RUBEN CARRIZO
Secretario de Gobierno








