BOLETÍN OFICIAL Nº 35 – 22/03/2004

DR. NORBERTO COSTAMAGNA, JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y COMERCIAL Nº9, SECRETARIA Nº18, hace saber que en el Expte. Nº A-22021/04, caratulado: Quiebra solicitada por Alfonso Gutiérrez, se ha dictado la siguiente resolución; San Pedro de Jujuy, 8 de Marzo de 2004. AUTOS Y VISTOS . . .RESULTA. . .Y CONSIDERANDO . . . RESUELVO: I .- Declarar la quiebra de ALFONSO GUTIERREZ, Argentino, D.N.I. Nº 8.201.663, casado, con domicilio real en Avda. Belgrano 269 de la Cdad. de Fraile Pintado, Dpto. Ledesma, Pcia. de Jujuy. II .- Ordenar la anotación de la quiebra en el Juzgado a cargo del Registro Publico de Comercio y la inhibición general de bienes en los registros inmobiliarios, prendario y del automotor, debiéndose librar los respectivos oficios. III .- Ordenar a los fallidos y a los terceros, en su caso que entreguen los bienes objeto de desapoderamiento al Síndico. IV .- Intimar al fallido para que dentro de las veinticuatro horas de notificado entregue al Síndico los libros de comercio y demás documentación que tuviere, relacionados con su contabilidad. V .- Prohibir expresamente hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. VI .- Disponer la intercepción de la correspondencia dirigida al fallido y su entrega al Síndico, debiéndose librar a tal efecto los respectivos oficios al Correo Argentino y OCA. VII .- Librar oficio a la Policía Federal y a la Dicción. Nacional de Migraciones y Radicaciones (delegación Jujuy) a fin de hacerles saber que el fallido tiene prohibido salir del País sin autorización del Juez de la causa. VIII .- Fijar audiencia para el día 30 de Marzo de 2004, a horas 09,00, a los efectos del sorteo del síndico, la que se llevará a cabo en Secretaria de Superintendencia del Poder Judicial (San Salvador de Jujuy), de conformidad con lo dispuesto por Acordada de fecha 12/6/96, debiéndose librar para su conocimiento el oficio respectivo. IX.- Fijar el día 20 de Mayo de 2004, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al síndico la peticiones de verificación de sus créditos y títulos pertinente con los alcances previstos por el Art. 200 de la ley 24522. X .- Fíjanse los días 7 de Julio de 2004 y el 18 de Agosto de 2004, para que el síndico presente el Informe Individual y General respectivamente. XI .- Ordenar a la Secretaria interviniente que el término de veinticuatro horas encargue la publicación de Edictos en el Boletín Oficial de la Pcia. y diario local, por CINCO DIAS, la que se realizará sin necesidad de previo pago y sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere. (Art. 89 Ley 24522). XII .- Oficiar a los Juzgados y Tribunales Colegiados de la Pcia. de Jujuy, a los Juzgados Federales, a los fines de que remitan acciones judiciales que se siguen en contra de los fallidos por las que se reclaman derechos patrimoniales, salvo los de juicio de expropiación y fundados en relaciones de familia. (Art. 132 de la ley 24522). XIII .- Protocolizar, agregar copia en autos, notificar a los interesados según el art. 273 inc.5 de LCQ. FDO. DR. NORBERTO COSTAMAGNA, JUEZ ante mi: DR. HUGO CESAR MOISES HERRERA, Secretario. SAN PEDRO DE JUJUY, 8 de Marzo de 2004.-

Mar.19/22/24/26/29-S/C.-