BOLETÍN OFICIAL Nº 34 – 19/03/2004
DRA. BEATRIZ J. GUTIERREZ, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3, Secretaria Nº 5, de la Pcia. de Jujuy, en el Expte. Nº B-100787/03, caratulado: EJECUTIVO: CREDIMAS S.A. c/ LUNA GUILLERMO FEDERICO, hace saber al accionado SR. GUILLERMO FEDERICO LUNA, que en el mismo se ha dictado el siguiente Decreto que a continuación se transcribe en todas sus partes: DECRETO DE FS. 31 DE AUTOS: /// SAN SALVADOR DE JUJUY, 6 de Noviembre de 2003. AUTOS Y VISTOS . . . RESULTA . . .CONSIDERANDO . . .RESUELVE: I.-) Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por la Razón Social CREDIMAS S.A. , en contra del SR. GUILLERMO FEDERICO LUNA, hasta hacerse el acreedor del integro pago del capital reclamado o sea la suma de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES CON VEINTICUATRO CENTAVOS ($ 463,24) con las costas del juicio y el interés de la tasa activa que percibe en Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento comerciales (Art. 565 C. Civil), desde la mora y hasta el efectivo pago.
II .-) Imponer las costas a la vencida (Art. 102 CPC). III .-) Regular los honorarios profesionales del DR. EDGARDO CHUCHUY DE VASCONCELLOS, en la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA ($450) POR LA LABOR PROFESIONAL desarrollada en autos. Dicho monto ha sido fijado a la fecha de la presente, por lo que solo en caso de mora, devengarán un interés conforme a la tasa pasiva promedio aplicando la formula sugerida por el comunicado nº 14290 del Banco Central de la República Argentina, conforme a la doctrina sustentanda por el Superior tribunal de Justicia en L.A. Nº 45 – Fº977/978 Nº 429, mas IVA si correspondiere. IV .-) hacer efectivo el apercibimiento a fs. 9 mandándose notificar la presente Resolución por Publicación de Edictos al SR. GUILLERMO F. LUNA y las sucesivas providencias por Ministerio de >Ley
V.-) agréguese copia en autos, hacer saber, etc. FDO. DRA. BEATRIZ GUTIERREZ-JUEZ ante mi: PROC. MARTA BERRAZ DE OSUNA – PROSECRETARIA. Publíquese en el Boletín Oficial y un diario loca por TRES VECES EN CINCO DIAS. Prosecretaria. Proc. Marta de Osuna.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 de Noviembre de 2003.
Mar.15/17/19-Liq.31474-$ 8,70








