BOLETÍN OFICIAL Nº 34 – 19/03/2004

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y COMERCIAL Nº 3, SECRETARIA Nº 6, en el Expte. Nº B-100788/03, caratulado: EJECUTIVO: CREDIMAS S.A. c/ LOPEZ ROSENDO OSCAR, se notifica al SR. ROSENDO OSCAR LOPEZ el Decreto de fs.10 : /// SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 de Abril de 2003. I.-) Por presentado el DR. CHUCHUY DE VASCONCELLOS, por constituido domicilio legal y por parte en nombre y representación de CREDIMAS S.A., a mérito de la copia juramentada de Poder General para Juicios que acompaña. II .-) De conformidad con lo dispuesto por los Art. 472, 478 y 480 del CPC, librese mandamiento de pago, ejecución y embargo, en contra de ROSENDO OSCAR LOPEZ, en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS DOSCIENTOS DIECISIETE CON 79/100 CENTAVOS ($ 217,79) en concepto de capital, con mas la suma de PESOS CIENTO OCHO CON 90/100 CENTAVOS ($ 108,90) calculada para responder a ulteriores del Juicio. En defecto de pago, trabese EMBARGO sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial a la propia parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de Ley. Asimismo deberá manifestar si los bienes embargados registran gravamen y en su caso exprese nombre y monto y domicilio de o los acreedores. III .-) Asimismo cítesela de REMATE a la parte demandada para que oponga excepciones si las tuviere, dentro del plazo de CINCO DIAS por ante este Juzgado y Secretaria Nº 6, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. IV .-) Córrasele TRASLADO del pedido de intereses y costas, con las copias respectivas por el término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.

V.-) Asimismo y por el mismo plazo señalado, se intimará a la parte demandada para que constituya domicilio legal dentro del radio de los · Km. Del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificarlo en lo sucesivo por Ministerio de Ley (Art. 52 del Idem). VI .-) Para el cumplimiento de lo ordenado comisionase al Sr. Oficial de Justicia de la Cdad. De San Pedro, con las facultades inherentes del caso y a quien se librara el correspondiente mandamiento de Ley . VII .-) Notificaciones en secretaria martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.

VIII.-) Notifíquese (Art. 154 del CPC) FDO. DRA. GLORIA PORTAL DE ALBISETTI, JUEZ HABILITADA ante mi: SRA. NORMA FARACH DE ALFONSO, Stria.

Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local por TRES VECES EN CINCO DIAS.

SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 de Diciembre de 2003.

Mar.15/17/19-Liq.31475-$8,70