BOLETIN OFICIAL Nº 66 – 05/06/2026
El Sr. Juez de la Cámara en lo Civil y Comercial – Sala I – Vocalía 3, en el expediente C-261901/2024, caratulado: “Daños y Perjuicios: SILES, MELISA SOLEDAD y GARCIA LAPIEDRA, MARIA OFELIA c/ RAMOS, HUGO GUILLERMO y RAMOS, NOELIA CAROLINA”, notifica a los Sres/as. HUGO GUILLERMO RAMOS DNI 16.347.267 y. RAMOS NOELIA CAROLINA DNI N° 35.931.859, las providencias que a continuación se transcriben: “Por medio de la presente se hace saber que en el expediente C-261901/2024, caratulado: “DAÑOS Y PERJUICIOS: SILES, MELISA SOLEDAD y GARCIA LAPIEDRA, MARIA OFELIA C/ RAMOS, HUGO GUILLERMO y RAMOS, NOELIA CAROLINA” se ha dictado el siguiente proveído: “San Salvador de Jujuy, 06 de Marzo de 2026. 1. Atento lo solicitado por el Dr. José Javier Fiad, en la presentación digital N° 2158220, líbrese nueva cédula de notificación en los domicilios informado por la secretaria Electoral conforme proveído de fecha 14/05/25, haciéndole saber al letrado nombrado que dicha diligencia se encuentra disponible para su diligenciamiento. 2. Notifíquese por cédula (art. 49 del CPCyC)”. Fdo.: Dra. María Fernanda Sierra, Secretaria.- “San Salvador de Jujuy, 14 de Mayo de 2025. 1. De la demanda Ordinaria por Daños y Perjuicios y su ampliación, incoada en contra de los Sres. Hugo Guillermo RAMOS y Noelia Carolina RAMOS, córrasele traslado en el domicilio denunciado y con la copia respectiva para que la conteste en el plazo de QUINCE (15) DÍAS; bajo apercibimiento de tenerlo por contestado en los términos del art. 337 del ?????. 2. Intimase al demandado para que en el mismo plazo establecido constituya domicilio legal dentro del radio de los tres km. de asiento del Tribunal, bajo apercibimiento de mandar a notificar en lo sucesivo Ministerio legis. 3. Notifíquese por cédula (Art. 169 del CPCyC)”. Fdo.: Dr. Esteban Javier Arias Cau, Juez; Ante mí: Dra. María Fernanda Sierra, Secretaria”; y ” San Salvador de Jujuy, 28 de Mayo de 2026. 1. Atento el informe actuarial que antecede, el estado del tramite y lo solicitado por el Dr. José Javier Fiad en la presentación digital Nº2297057, habiéndose agotado las gestiones tenientes a dar con el domicilio de los demandados, a la solicitud de notificación mediante edictos, ha lugar. En consecuencia, publíquense Edictos por un día en el Boletín Oficial y un diario local (conf. Art. 179 del C.P.Civil –modif. Ley 6358), a fin de dar cumplimiento con la notificación del traslado de la demanda de fecha 14/05/25 de los Sres. Hugo Guillermo RAMOS y Noelia Carolina RAMOS. 2. Dicha disposición se tendrá por notificada a los cinco (5) días contados desde la última publicación, vencido dicho plazo y en caso de incomparecencia de los citados, se designará al Defensor Público Oficial para su representación en el presente juicio. 3. Notifíquese por cédula (Art.169 del CPCyC). Firmado Electrónicamente, por Arias Cau, Esteban Javier – Juez de la Cámara en lo Civil y Comercial – Sierra, María Fernanda – Secretario de Primera Instancia.”.-
05 JUN. LIQ. Nº 44086 $1.900,00.-








