BOLETÍN OFICIAL Nº 28 – 05/03/2004
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 1, SECRETARIA Nº2, de la Pcia. de Jujuy, hace saber a la demandada SRA. MONICA ADRIANA MOSSO, que en el Expte. Nº B-99782/03 caratulado: EJECUTIVO: BANCO MACRO S.A. c/ MOSSO MONICA ADRIANA, se ha dictado la siguiente resolución: San Salvador de Jujuy, 6 de Febrero de 2004. AUTOS Y VISTO . . . RESULTA . . .CONSIDERANDO . . . RESUELVE: I ) Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por el Banco Macro S.A. en contra de la SRA. ADRIANA MONICA MOSSO, hasta hacerse el acreedor integro pago del capital reclamado o sea la suma de PESOS CINCO MIL CIENTO SESENTA Y TRES CON CINCUENTA Y CUATRO CVOS. ($ 5.163,54), dicho monto devengará desde la mora del deudor (Art. 509 del C.C.) hasta la fecha de cancelación de la obligación, un interés promedio de la tasa activa que fija mensualmente el Banco de la Nación Argentina, para sus operaciones de descuento de documentos comerciales hasta la fecha del efectivo pago del capital. II ) Imponer las costas del proceso a la demandada (Art. 102 del C.P.C.) III ) Diferir la regulación de los honorarios profesionales de los letrados intervinientes, hasta que exista planilla de liquidación definitiva (Acordada Nº 30/84 Excmo. S.T.J.) y se de cumplimiento en el presente expediente con la resolución Nº 689 de la A.F.I.P. – D.G.I. IV) Notifíquese la presente resolución a la accionada mediante edictos y las futuras por Ministerio de Ley V) registrar, agregar copia, hacer saber, etc. FDO. DR. JOSE LUIS CARDERO, JUEZ ante mi: DRA. MARIANA DEL VALLE DRAZER.
Publíquese TRES VECES EN CINCO DIAS.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 6 de febrero de 2004.
Mar.3/5/8-Liq.31351-$8,70








