BOLETÍN OFICIAL Nº 28 – 05/03/2004

MODIFICACIÓN DE CONTRATO CONSTITUTIVO:“NOR-TRADING S.R.L.”.-

———-En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 15 días del mes de Diciembre de 2003, entre los Sres: JOSÉ MARÍA CASARES DE TEZANOS PINTO, DNI N°21.320.192, argentino, empresario, estado civil casado, con domicilio real en Avda. Bolivia N° 2021 Torre 5 piso 2 Dpto. 2 de esta ciudad capital; y el Sr. ARTURO CASARES DE TEZANOS PINTO, con D.N.I. N° 25.377.824, argentino, estudiante, estado civil soltero, con domicilio real en calle M.L.O. de Pemberton N° 173 del B° Los Perales de esta ciudad, se ha resuelto introducir un modificación al Contrato Constitutivo de S.R.L. que fuera oportunamente suscripto entre las partes y cuya publicación e inscripción se efectivizó oportunamente ante el Registro Público de Comercio de esta ciudad.——–

Las cláusulas que las partes convienen en modificar, son las siguientes:

CLÁUSULA QUINTA: Capital Social: A lo dispuesto por esta cláusula en el contrato constitutivo, deberá adicionarse lo siguiente: “El Sr. José María Casares aporta a la sociedad el equivalente al 80% (ochenta por ciento) del capital social, correspondiéndole la cantidad de ciento sesenta cuotas (160), mientras que el Sr. Arturo Casares, aporta el 20% (veinte por ciento) restante, es decir le corresponden cuarenta (40) cuotas sociales”.-

CLÁUSULA OCTAVA: Administración de la sociedad: Lo consignado a este respecto en el contrato constitutivo, deberá ser modificado en los siguientes términos: “La administración de la sociedad, estará a cargo del señor Arturo Franklin Casares, con DNI 8.191.695, argentino, estado civil casado, que tendrá el cargo de gerente. El mismo tendrá el uso de la firma social y ejercerá la representación plena de la sociedad conforme a lo estipulado por la Ley de Sociedades Comerciales; sin perjuicio de lo cual, el socio mayoritario, es decir el Sr. José María Casares, se reserva también el uso de la firma social para actuar en forma indistinta con el gerente. La venta de cualquier inmueble que pudiera ser adquirido por la sociedad y cualquier otro derecho real sobre el mismo, como así también el otorgamiento de poderes generales que no sean para asuntos judiciales, deberán ser acordados por el socio que represente el setenta por ciento del capital social. La asamblea de socios, podrá elegir otro gerente o reemplazar el actual sin necesidad de expresar las causas. El Sr. Arturo Franklin Casares, acepta en este mismo acto la designación del mencionado cargo de gerente de la sociedad “Nor-Trading S.R.L.” y firma al pie de la presente en plena conformidad”.———————————————–

Bajo los términos de las cláusulas que anteceden, las partes convienen en modificar el contrato constitutivo, comprometiéndose a su fiel cumplimiento de buena fé y conforme a derecho, en prueba de lo cual suscriben el presente contrato, en la fecha supra mencionada.—

Escribano Patricio Lacsi

Actuación Notarial Nº A-00294967

Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.

San Salvador de Jujuy, 18 de Febrero de 2004.

DR. RAMON ANTONIO SOSA

Jefe de Mesa Gral. Entrada

Por Hab. Al Juzg. de Comercio

Mar.5 – Liq.31374- $ 49,70