BOLETÍN OFICIAL Nº 28 – 05/03/2004
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
EXPEDIENTE N° 737-2004 .-
DECRETO ACUERDO N° 0010.04.009 .-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 ENE.2004
VISTO:
La Carta Orgánica de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, que en su Artículo 44° Inc.2) prevé “El Intendente Municipal es el Jefe de la Administración Local…” y la Ordenanza N° 3277/01, que en su Artículo 26° determina; “Si al inicio del Ejercicio financiero no se encontrare aprobado el Presupuesto General, regirá el que estuvo en vigencia al cierre del ejercicio anterior, con los siguientes ajustes que el Departamento Ejecutivo Municipal deberá introducir…”; y
CONSIDERANDO:
Que, la grave crisis económica, financiera y administrativa por la que atraviesa la Municipalidad de la Capital, obliga a adoptar herramientas de gestión hacendal acordes con dicha situación caótica;
Que, además dichos instrumentos deben propender, en forma prioritaria e impostergable, a paliar y coadyuvar a la reversión del estado pre-señalado;
Que, a pesar de ello, el Municipio tiene la obligación de cumplir acabadamente con sus objetivos y finalidades, los que principalmente se traducen en la eficaz y eficiente prestación de servicios públicos a la comunidad;
Que, la conformación del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, en esta instancia con base a lo dispuesto por el Artículo 26° de la Ordenanza N° 3277/01, constituye un instrumento de vital trascendencia por su impacto absolutamente positivo en la Programación de la Ejecución Presupuestaria;
Que, consecuentemente, dicha herramienta operativa viabilizará la previsibilidad que debe tener la gestión pública Municipal; de tal suerte que la relación; Recursos versus Gastos, tenga su correspondencia en el Servicio del Tesoro;
Que, de tal modo, deviene pertinente actuar conforme lo normado por el Artículo 26° de la Ordenanza N° 3277/01;
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por la Carta Orgánica Municipal;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
SAN SALVADOR DE JUJUY
EN ACUERDO DE SECRETARIOS
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Establécese el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos prorrogado – del Departamento Ejecutivo de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, para el Primer Trimestre del Ejercicio Fiscal 2004, de conformidad a las partidas presupuestarias y los guarismos que se indican en el Anexo I, que forma parte integrante del presente Decreto.-
ARTICULO 3°.- Como consecuencia de lo establecido en los Artículos 1° y 2°, fíjase el total del Presupuesto de Gastos y Cálculos de Recursos – prorrogado – de la Administración Pública Municipal, para el Primer Trimestre del Ejercicio Fiscal 2004, de conformidad a las Partidas Presupuestarias y las cifras que se indican en el Anexo III, que forma parte integrante del presente Decreto.-
ARTICULO 4°.- Autorízase a la Secretaría de Hacienda a efectuar las desagregaciones presupuestarias, que correspondan en el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos – prorrogado – del Departamento Ejecutivo de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-
ARTICULO 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial y pase a sus efectos pertinentes a Contaduría General, Tesorería General y Concejo Deliberante.-
ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA
INTENDENTE MUNICIPALIDAD
DE SAN SALVADOR DE JUJUY








