BOLETIN OFICIAL Nº 65 – 03/06/2026

ACTA DE REUNION DE SOCIOS MODIFICACIÓN DE CONTRATO-SOCIAL. En la ciudad de San Salvador de Jujuy a los 23 días del mes de abril de 2.026, se reúnen los Sres. JUAN MARTIN GRENNI, D.N.I., N° 24.611.843 y JAVIER GRENNI D.N.I. 27.726.798, con domicilio en calle Pemberton N° 194 de San Salvador de Jujuy actuales socios e integrantes de la totalidad del capital social de la razón social AYRES SRL, CUIT N° 30-71800394-2 inscripta en la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales de la Provincia de Jujuy, bajo-el-Asiento N° 247, Folio 01-11, Libro II, Legajo 247 del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., en fecha 27/12/2022, teniendo el presente carácter de Reunión de Socios unánime, a los efectos de tratar el siguiente orden del día: 1- Designación de los socios que suscribirán el Acta. Puesto el tema a consideración y luego de una breve deliberación, se decide que la suscribirán la totalidad de los socios presentes e integrantes de la sociedad. 2- Los socios consideran conveniente dejar sin efecto el acta de fecha 15 de noviembre de 2025 de “Modificación de Contrato Social”, las razones radican en que han decidido agregar modificaciones al contrato. 3.- A continuación, los socios deciden realizar modificaciones al Contrato Social, más precisamente las cláusulas tercera y cuarta ampliando el objeto de la sociedad y el capital social: Las cláusulas quedarán redactadas de la siguiente manera: A.- TERCERA: referida al objeto social: se pretende ampliar el mismo adicionando actividades relacionadas con la construcción, administración de Parques Industriales y transporte y logística de mercadería, se agrega como punto C), D) y E). La cláusula quedara redactada de la siguiente manera: TERCERA – Objeto Social La Sociedad tiene por objeto la realización por cuenta propia, de terceros o asociadas a terceros, en el país o en el exterior, las siguientes actividades: A) Turismo: servicios turísticos, transporte turístico, organización de eventos, alquiler de salones, hotelería, gastronomía, alquiler de habitaciones, reserva y venta de pasajes, terrestres y aéreos por cualquier medio, en el país o en el exterior, reservas de hoteles en el país o extranjero, reserva y venta de entradas a espectáculos culturales, deportivos, artísticos, sociales, etc., y en general la prestación en todo servicio vinculado-con-viajes, excursiones-y-turismo-individuales-y-colectivos-en-el-país o en el exterior; B) Actividad Inmobiliaria: Administrar, disponer, intermediación y efectuar en general cualquier clase de negocio relacionado con bienes inmuebles o muebles propios o de terceros, se encuentren aquellos afectados o no al régimen de propiedad horizontal, incluyendo a título ejemplificativo locación, fideicomiso, comodato, leasing, hipotecas, etc., efectuar operaciones de fraccionamiento, urbanización, enajenación y loteo, así como el ejercicio de toda clase de representaciones, mandatos y comisiones por cuenta y orden de terceros en general domiciliados en el país o en el extranjero. C) Construcción: realización de proyectos, -dirección, administración, construcción-o-explotación-de-edificios obras viales, desagües, gasoductos, oleoductos, diques, usinas, o todo tipo de obras de ingeniería o arquitectura de carácter público o privado, ya sea por contratación directa o por licitaciones públicas o privadas, municipal provinciales, nacionales o internacionales, sea como contratista principal, subcontratista o bajo cualquier otra forma de contratación. D) Administración y Gestión de Parques Industriales: La administración integral, mantenimiento, promoción y comercialización de parques industriales, centros logísticos, recintos fiscales, zonas de actividades logísticas y desarrollos inmobiliarios privados. Operación Logística: El diseño, implementación y ejecución de cadenas de suministro (supply chain), incluyendo el transporte, distribución multimodal y servicios de valor agregado al producto (etiquetado, empaquetado y picking). Consultoría Especializada: Brindar servicios, de consultoría técnica, jurídica y operativa para la instalación de empresas en parques industriales, así como la obtención de certificaciones nacionales e internacionales relacionadas con la logística y el comercio. Arrendamiento: El arrendamiento, subarrendamiento y explotación de naves industriales, bodegas, oficinas y terrenos destinados a actividades productivas o comerciales. E) Otras actividades: Prestar servicios de gestión de depósitos fiscales; servicios de depósito y almacenamiento de todo tipo de bienes muebles y mercaderías en general. Prestar servicios de gestión y logística para el transporte de mercaderías y cargas en general por vía-terrestre, marítima, fluvial-o aérea. Asimismo, será actividad de la sociedad la realización de todo tipo de servicio portuario para la carga, descarga, traslados, movimientos, almacenamientos, y estibajes. Actuar por cuenta propia la función de permisionario, de depósitos, plazoletas Y como operador de contenedores. Prestar servicios de Freight Forwarder y agente marítimo. Prestar servicios de Courier en todas sus posibilidades. A tales efectos la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones relacionados con su objeto social, pudiendo efectuar toda clase de actos jurídicos, operaciones o contratos autorizados por las leyes sin restricción de ninguna naturaleza. B.- CUARTA: los socios consideran convenientes ampliar el capital social de la sociedad, el cual al día de la fecha es $1.200.000 y aumentarlo a $10.000.000 (PESOS DIEZ MILLONES) dividido en 1.000 (un mil) cuotas de $10.000 PESOS DIEZ MIL de valor nominal cada una que se suscribirán en iguales proporciones: Juan Martín Grenni 500 cuotas sociales por un valor de $5.000.000 (pesos CINCO MILLONES) y Javier Grenni 500 cuotas sociales por un valor de $5.000.000 (pesos CINCO MILLONES) equivalente al 50% del capital social cada uno. Además deciden integrar el capital social en un 25% en dinero en efectivo debiendo completarse el saldo en un plazo máximo de dos años. La cláusula quedará redactada de la siguiente manera: CUARTA: los socios consideran convenientes ampliar el capital social de la sociedad, el cual al día de la fecha es $1.200.000 y aumentarlo a $10.000.000 (PESOS DIEZ MILLONES) dividido en 1.000 (un mil) cuotas de $10.000 PESOS DIEZ. MIL de valor nominal cada una que se suscribirán en iguales proporciones: Juan Martín Grenni 500 cuotas sociales por-un valor de $5.000.000 (pesos CINCO MILLONES) y Javier Grenni 500 cuotas sociales por un valor de $5.000.000 (pesos CINCO MILLONES) equivalente al 50% del capital social cada uno. En caso de que la sociedad decidiera aumentar el capital, dicho aumento se resolverá por mayoría absoluta de capital y podrá ser efectuado por instrumento privado. El capital suscripto se integra en un veinticinco por ciento (25%) por los socios con dinero en efectivo, esto es la suma de Pesos dos millones quinientos mil ($2.500.000), debiendo completarse el saldo en el plazo máximo de dos (2) años contados desde la fecha de este contrato, con las modalidades que dispongan los administradores de la sociedad. Luego de un intercambio de opiniones los socios deciden aprobar por unanimidad la modificación del contrato social en cuanto a la ampliación del objeto y capital social y el tenor de las nuevas cláusulas.- 4.- En el mismo acto, los socios autorizan al Dr. Ernesto Benjamín González de Prada, DNI N° 26.232.169, MP -2238 a proceder con el trámite de inscripción de la presente Acta en la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales de la Provincia de Jujuy, a cuyo fin podrá contestar las observaciones que efectúe el organismo registral y producir los instrumentos necesarios a dicho efecto.- Tras la ratificación de los socios presentes, se da por terminado el acto. En prueba de conformidad firman a continuación: GRENNI JAVIER; GRENNI JUAN MARTIN.- ESC. GASTON SANTIAGO APARICIO- TIT. REG. Nº 34- S.S. DE JUJUY- JUJUY.-

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

FISCALIA DE ESTADO

DIRECCION PROVINICAL DE SOCIEDADES COMERCIALES

RESOLUCION N° 384-DPSC-2026.-

CORRESPONDIENTE A EXPTE. N° 0301-194/2026.-

San Salvador de Jujuy, 18 de Mayo de 2026.-

VISTO

Las actuaciones de referencia en las que, el Dr. Ernesto Benjamin González de Prada, en el carácter de Autorizada por la sociedad, solicita la Inscripción de la Modificación del Contrato Social de la Sociedad denominada “AYRES S.R.L”.

CONSIDERANDO

Que, para la etapa procesal administrativa pertinente, y de acuerdo al dictamen emitido por la Asesoría Legal de esta Dirección Provincial de Sociedades Comerciales, se encuentran cumplimentados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos. –

Por ello:

EL DIRECTOR DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PUBLICO

RESUELVE:

ARTICULO 1°: ORDENAR la publicación de edictos en el Boletín Oficial por un dia el Acta de reunión de Socios de la Sociedad “AYRES S.R.L” formalizada en fecha 23 del mes de Abril de 2026 obrante a fs. 02/03 certificada por el Escribano Gastón Santiago Aparicio Titular del Registro n° 34 de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-

ARTICULO 2º: Agregar copias en autos, notificar a las partes y registrar.

DR. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

03 JUN. LIQ. Nº 44032 $4.300,00.-