BOLETÍN OFICIAL Nº 144 – 24/12/2004

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

EXPTE . N° 16 –0-12477– 2004 . –

DECRETO N° 1220.04.007.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 Diciembre 2004.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Publíquese en el Boletín Oficial por el término de ley la Ordenanza N° 4046/2004, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 15 celebrada el día 12 de Agosto de 2004, mediante la cual y en virtud de las disposiciones contenidas en el Artículo 1° de la Ordenanza 836/89 que adecua el Artículo 49° Inc. a) del Código Tributario Municipal (Ordenanza N° 430/82), a lo establecido en la Carta Orgánica Municipal Artículo 104° en vigencia , se exime del pago de la Tasa por Mantenimiento de Barrido, Limpieza, Extracción de Residuos y Otros Servicios, por el período 2001, a personas Jubiladas y Pensionadas de ingresos económicos insuficientes debidamente acreditadas su condición como tal, por los inmuebles de su propiedad cuya nómina y demás datos se especifican en la misma.-

ARTICULO 2°.- Consecuentemente con lo dispuesto en el Artículo anterior, téngase por instrumento legal, cúmplase, comuníquese, y regístrese la Ordenanza Municipal N° 4046/2004, remitiéndose copia de la misma y del presente Decreto, al Boletín Oficial para su publicación por el término de Ley.-

Arq. José Luis Martiarena

Intendente

24 DIC. S/C.-