BOLETÍN OFICIAL Nº 142 – 20/12/2004
—-Dra. MARIA ROSA CABALLERO DE AGUIAR, Vocal de la sala Primera de la Cámara Civil y Comercial de la Prov. de Jujuy y Presidente de Trámite en el Expte. Nº B- 123.708/04: “ PRESCRIPCION ADQUISITIVA: DODI, JOSÉ- MACHUCA, JULIANA C/ LINIEZ DE BURINI, MARIA, LINIEZ DE BOGLIONE, ANITA, quien resulte propietario…”, hace saber que se han dictado las siguientes providencias: “ SAN SALVADOR DE JUJUY, 8 DE NOVIEMBRE DE 2004.- Ampliando el decreto que antecede: Dése intervención al ESTADO PROVINCIAL de conformidad a las disposiciones del Art. 24 inc. a) y d) de la ley 14.159.- Notifíquese por cédula y la providencia de fs. 42.- Fdo: Dr. JULIO A. NIETO – Pro-secretario” .- PROVIDENCIA DE FS. 42: SAN SALVADOR DE JUJUY , 21 DE OCTUBRE DE 2004.- Atento la aclaración formulada por la DRA. DELIA FILOMENA ORTIZ a fs. 41, por secretaria procédase a corregir la carátula de las presentes actuaciones y consignar correctamente a los demandados: “LINIEZ DE BURINI, MARIA, LINIEZ DE BOGLIONE, ANITA, quien resulte propietario…”.Debiendo comunicarse a Mesa General de Entradas para su registro .- De la demanda ordinaria por prescripción adquisitiva interpuesta, córrase traslado a las accionadas MARIA LINIEZ DE BURINI Y ANITA LINIEZ DE BOGLIONI, para que la contesten dentro del termino de QUINCE DÍAS hábiles, bajo apercibimiento de darle por decaído el derecho a hacer si así no lo hiciere (art. 298 del C.P.C.). Intimase a las accionadas para que e igual plazo, constituyan domicilio leal dentro del radio asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarles en lo sucesivo por Ministerio de Ley ( art. 52 del C.P.C.).- Notificaciones en secretaria: martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- Asimismo, cítase y emplazase a quien resulte propietario y todo aquel que tenga interés o se creyere con derecho al inmueble individualizado como Matricula A- 60439, Circunscripción 1, Sección 3, Manzana G, Parcela 4-a, Padrón A- 2658, bajo apercibimiento de darles por decaído el derecho a contestar la demanda si así no lo hicieren ( art. 298 del C.P.C.) y designarles como su representante al SR. DEFENSOR OFICIAL DE POBRES Y AUSENTES.- A tales fines, publiquese edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por TRES VECES en CINCO DÍAS, hasiendose saber que se tendrá por notificado desde la ultima publicación de los mismos (art. 162 del C.P.C.).-
NOTIFÍQUESE.- FDO: DRA. MARIA R.C. DE AGUIAR- PTE. DE TRAMITE: ANTE MI: DR. JULIO A. NIETO – Proc. secretario”.-
Publiquese edictos en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, NOVIEMBRE DE 09 DE 2004.-
15/17/20 DIC. LIQ. 42573 $ 8.70.-








