BOLETÍN OFICIAL Nº 141 – 17/12/2004

DRA. BEATRIZ J. GUTIERREZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 3, SECRETARIA Nº 5, DE LA PCIA. DE JUJUY, en el Expte. Nº B- 97263/03 caratulado: “ CARSA S.A.C.E.e.I. C/ TAPIA ADRIANA EVANGALINA se le hace saber a la SRA. ADRIANA EVANGELINA

TAPIA el siguiente decreto que a continuación se transcribe: SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 DE MARZO DEL 2003.- Por presentado el DR. JORGE LEONARDO ACKERMAN, por constituido domicilio legal y por parte, en nombre y representación de CARSA S.A.C.E.I. , a mérito de la copia de Poder General para juicios que debidamente juramentada rola a fs. 7/10 de autos.- De conformidad con lo dispuesto por los arts. 472,478 y 480 del C.P.C., requierase de pago, ejecución y embargo a la demandada SRA. ADRIANA EVANGELINA TAPIA, en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS CIENTO NUEVE CON TREINTA Y TRES CTVOS ($ 109,33)en concepto de capital reclamado, con mas la de PESOS CINCUENTA T CUATRO CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 54.66), calculadas para responder a accesorias legales y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre los bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial a la propia parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley requiriéndosele la manifestación sobre si dicho bien registra algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores prendarios o juez embargante y cíteselo de REMATE para que concurra a este Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 3, Secretaria Nº 5 a oponer excepciones legitimas si las tuviere dentro del plazo de CINCO DÍAS, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Córrasele TRASLADO a la parte demandada del pedido de intereses y costas con las copias respectivas y por l mismo termino antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo, y también por el mismo plazo señalado se intimara a la Demandada, para que constituya domicilio legal dentro el radio de tres kms, del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificársela en lo sucesivo por Ministerio de ley (art. 52 del C.P.C.).-Notificaciones en secretaria: martes y jueves o el siguiente hábil.- a tal fin Públiquese edictos en el Boletín Oficial y un diario local, por tres veces en cinco días.-

DADO, SELLADO Y FIRMADO en la Sala de mi Público Despacho en la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los Dieciocho días del mes de Agosto del año 2004.-

Publíquese edictos en un diario local y en el Boletín Oficial por tres veces en cinco días.-

Secretaria: PROC. MARTA BERRAZ DE OSUNA.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 DE AGOSTO DE 2004.-

15-17-20 DIC. LIQ. Nº 42.553 $8,70.-