BOLETÍN OFICIAL Nº 114 – 13/10/2004
DRA. OLGA VILLAFAÑE DE GRIOT, JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y EN LO COMERCIAL Nº 2, SECRETARIA Nº 4 – en el Expte. Nº B- 102660/03 caratulado: EJECUTIVO: PROVENCRED II SUC. ARGENTINA C/ ABDOLA FORTUNATO .- PROVIDENCIA DE FS. 15 -/// SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 DE JULIO DE 2003/// Atento a lo solicitado, hágase efectivo el apercibimiento a fs. 28 autos y libres mandamientos de pago, ejecución y embargo, en contra del demandado SR. FORTUNATO ABDOLA, por la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS CON CINCUENTA CTVOS. ($ 266,50), en concepto de Capital, con más la suma de PESOS QUINIENTOS ($ 500,00) presupuesto para responder a intereses legales y costas del presente juicio. En defectos de pago trábese EMBARGO, sobre bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades y los que serán denunciado en el acto, designándose depositario judicial de los mismos a la parte afectada , en caso de negativa persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen, y su caso exprese monto nombre y domicilio del Acreedor, y cíteselo de REMATE para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del termino de CINCO DIAS de notificado, concurra ante este JUZGADO Y SECRETARIA Nº 4, a oponer excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la presente ejecución. Asimismo, por igual término, intímesela a constituir domicilio legal dentro de los TRES KM del asiento de juzgado, apercibimiento de notificárselo de lo sucesivo por el Ministerio de Ley, todas las posteriores resoluciones que se dicten art. 52 C.P.C. – Se hace saber al documentado, que los termino se comienzan a contar a partir de la última publicación .-
Para el cumplimiento de la presente queda el SR. OFICIAL DE JUSTICIA, con facultad para solicitar el auxilio de la fuerza publica y allanar domicilio si fuera necesario
A tal fin Públiquese edictos en el BOLETIN OFICIAL y un diario local por tres veces en el termino de cinco días.
San Salvador de Jujuy, 26 de mayo de 2004.-
06/08/13 oct. LIQ. Nº 37647 $ 8.70








