BOLETÍN OFICIAL Nº 110 – 01/10/2004

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

EXPTE. N° 12449 -00- 2004.-

DECRETO N° 0647.04.008 .-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 7 SETIEMBRE 2004.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE

SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA

ARTICULO 1°.- Promúlgase, la Ordenanza N° 3957/2004, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria celebrada el día 12 de Agosto de 2004, referente a la reglamentación del sentido de circulación vehicular, señalización y colocación de Chapas nomencladoras en el Barrio Luján de esta ciudad, en atención a los motivos expuestos en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Consecuentemente con lo dispuesto en el artículo anterior téngase por Instrumento Legal, comuníquese y regístrese la Ordenanza N° 3957/2004, remitiéndose copia de la misma y del presente Decreto al Boletín Oficial para su publicación por el término de Ley.-

Arq. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE

Municipalidad de San Salvador de Jujuy

01 OCT. S/C