BOLETÍN OFICIAL Nº 106 – 22/09/2004
DR. JOSE LUIS CARDERO- JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 1, SECRETARIA Nº 2, DE LA PCIA. DE JUJUY, en el Expte. Nº B- 108.629/03 caratulado: “EJECUTIVO PREPARA VIA CREDIMAS S.A. C/ NAZZO PABLO DANIEL”, hace saber que en este juzgado la presente causa, en la que se ha dictado el decreto que se transcribe a continuación: “ SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 DE OCTUBRE DE 2003.- Proveyendo el escrito que antecede, téngase por presentado al DR. JUAN GENARO BRIZUELA, por constituido domicilio legal y por parte, como apoderado de la empresa CREDIMAS S.A. a mérito para juicios que se manda a agregar a la presente causa. Atento lo solicitado y de conformidad a lo previsto por los arts. 472 y 478 del C.P.C. líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra del SR. PABLO DANIEL NAZZO por la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y UNO CON DOS CTVOS ($ 241.02) con más la de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA ($450.00) presupuestada para acrecidas y costa del presente juicio. En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes de propiedad del demandado hasta cubrir ambas cantidades, designándose depositario judicial al propio afectado y/o persona de responsabilidades y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley. Asimismo requiérase la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravámen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores y cíteselo de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del termino de cinco días en este juzgado de 1RA. Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, Secretaria Nº 2, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Asimismo córrase traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Por el mismo termino intimase a constituir domicilio legal dentro del radio de los tres km. del asientos de este juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 52 del IDEM. Para el cumplimiento de lo ordenado comisionase al SR. OFICIAL DE JUSTICIA, con las facultades inherentes del caso. Notifíquese. FDO. DR. JOSE LUIS CARDERO, juez ante mi: DRA. MARIANA DRAZER, Secretaria.-Publiquese por edictos en el Boletín Oficial, en un diario local, tres veces en el termino de cinco días.-
Secretaria Nº 2, Proc. MARIA ANGELA PEREIRA (a cargo). SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 DE AGOSTO DE 2004.-
20/22/24 SEPT. LIQ. Nº 37506 $ 8.70








