BOLETÍN OFICIAL Nº 105 – 20/09/2004

DECRETO ACUERDO Nº 1370 –H.-

EXP. Nº 500-675 /2004.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 JUN. 2004

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

ARTICULO 1º: Otórgase a favor de los agentes de planta permanente y jornalizados dependientes de la administración pública provincial centralizada, descentralizada, colegios subvencionados, organismos autárquicos, incluido Tribunal de Cuentas, Poder Legislativo y Poder Judicial, sin distinción de escalafón, categoría y cualquiera sea el régimen legal que regule las relaciones laborales, bajo los requisitos y con las únicas excepciones que establece el presente Decreto, un adicional no remunerativo no bonificable de PESOS CINCUENTA ($50.00) por cargo a partir de los haberes correspondientes al mes de Junio de 2004.

El personal docente de nivel medio y terciario cuya remuneración se liquida en base a horas cátedra y que acumule treinta horas y veinticuatro horas cátedras respectivamente, percibirá la suma de $50. El personal que no alcance a cubrir treinta o en su caso veinticuatro horas cátedra y aquel que supere las mismas, percibirá, respectivamente, el proporcional, a dicho importe, que, en menos o mas, corresponda a las horas cátedras acumuladas.

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR

LIC. MIGUEL ANFOLSO RIOJA

MINISTRO DE HACIENDA

ARMANDO RUBEN BERRUEZO

MINISTRO DE GOBIERNO, JUSTICIA

Y EDUCACIÓN

HECTOR OLINDO TENTOR

MINISTRO DE BIENESTAR SOCIAL

CÉSAR RENE MACINA

MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN,

INFRAESTRUCTURA Y MEDIO AMBIENTE