BOLETÍN OFICIAL Nº 105 – 20/09/2004
DECRETO ACUERDO Nº 1370 –H.-
EXP. Nº 500-675 /2004.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 JUN. 2004
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTICULO 1º: Otórgase a favor de los agentes de planta permanente y jornalizados dependientes de la administración pública provincial centralizada, descentralizada, colegios subvencionados, organismos autárquicos, incluido Tribunal de Cuentas, Poder Legislativo y Poder Judicial, sin distinción de escalafón, categoría y cualquiera sea el régimen legal que regule las relaciones laborales, bajo los requisitos y con las únicas excepciones que establece el presente Decreto, un adicional no remunerativo no bonificable de PESOS CINCUENTA ($50.00) por cargo a partir de los haberes correspondientes al mes de Junio de 2004.
El personal docente de nivel medio y terciario cuya remuneración se liquida en base a horas cátedra y que acumule treinta horas y veinticuatro horas cátedras respectivamente, percibirá la suma de $50. El personal que no alcance a cubrir treinta o en su caso veinticuatro horas cátedra y aquel que supere las mismas, percibirá, respectivamente, el proporcional, a dicho importe, que, en menos o mas, corresponda a las horas cátedras acumuladas.
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR
LIC. MIGUEL ANFOLSO RIOJA
MINISTRO DE HACIENDA
ARMANDO RUBEN BERRUEZO
MINISTRO DE GOBIERNO, JUSTICIA
Y EDUCACIÓN
HECTOR OLINDO TENTOR
MINISTRO DE BIENESTAR SOCIAL
CÉSAR RENE MACINA
MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN,
INFRAESTRUCTURA Y MEDIO AMBIENTE








